Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Centros Docentes Privados. (2024063792)
Resolución de 11 de noviembre de 2024, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se publica la parte dispositiva de la Resolución de 7 de noviembre de 2024, de la Consejera, por la que se resuelve la modificación de la autorización administrativa por cambio de titularidad y denominación específica correspondiente al centro docente privado "Dumbo".
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NÚMERO 225

59609

Martes 19 de noviembre de 2024



Provincia: Badajoz.



Enseñanzas a impartir: Educación Infantil, primer ciclo.



Primer Ciclo: Tres unidades.



Una unidad de 0 a 1 año: 8 puestos escolares.



Una unidad de 1 a 2 años: 9 puestos escolares.



Una unidad de 2 a 3 años: 17 puestos escolares.

Segundo. De conformidad con el artículo 82.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, no se considera
necesario cumplimentar el trámite de vista y audiencia, al no figurar en el procedimiento
ni ser tenidos en cuenta otros hechos y alegaciones, que las aducidas por el interesado.
Tercero. La presente resolución surtirá efectos para el curso académico 2024/2025. El
centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando tenga que modificarse cualquiera de los datos que señale la correspondiente
Resolución. Asimismo, la eficacia de la Resolución queda condicionada a la obligación de
obtener los permisos o autorizaciones que hayan de ser otorgados por otros organismos
competentes.
Cuarto. De la presente resolución se dará traslado al Registro de Centros docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, según lo dispuesto en el Decreto
86/2005, de 12 de abril, por la que se crea y regula el citado Registro.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, el interesado podrá interponer potestativamente, recurso de reposición ante la Consejera de Educación, Ciencia
y Formación Profesional, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo, podrá interponer directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo
de dos meses ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, de conformidad con
lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Todo ello sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro que estime
oportuno”.
Mérida, 11 de noviembre de 2024.
La Secretaria General de Educación y
Formación Profesional,
MARÍA DEL PILAR PÉREZ GARCÍA
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