Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Parque Nacional De Monfragüe. (2024063798)
Resolución de 13 de noviembre de 2024, de la Consejera, por la que se aprueba el Programa de acción selectiva de ungulados en el Parque Nacional de Monfragüe 2024-2025.
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NÚMERO 224
Lunes 18 de noviembre de 2024
59453
Autónoma de Extremadura. Entre las medidas adoptadas en la Resolución cabe destacar los
puntos Cuarto y Quinto, donde se indica lo siguiente:
Cuarto. En las comarcas VC4, en las partes abiertas de cotos de caza mayor, para las modalidades de montería y gancho, se establecen los siguientes cupos:
3. E
n la comarca CEx 06., Monfragüe y dehesas periféricas:
a. Los cupos de hembras de ciervo previstos en su plan técnico se incrementarán un 50
% y se permitirá el abate de hembras de gamo sin cupo.
b. E
n el caso de los cotos linderos al Parque Nacional de Monfragüe, que se reflejan en
el anexo III, se permitirá el abate de hembras de ciervo y gamo sin cupo.
Quinto. En la comarca CEx 06. Monfragüe y dehesas periféricas, para los cotos del anexo III,
en las partes abiertas de cotos de caza mayor, para las modalidades de rececho, aguardo o
espera de jabalí, se establecen las siguientes medidas:
1. El cupo de jabalí de trofeo se podrá duplicar y el de jabalí hembra se podrá equiparar a
este.
2. El periodo de caza se amplía a toda la temporada cinegética.
A lo largo de la vigencia del presente programa se evaluarán los posibles efectos de esta resolución sobre los datos de capturas establecidos en el presente documento.
La vigencia del Programa de Acción será de 1 año desde su publicación, conforme a lo establecido en el PRUG.
2. P
rograma de control.
El Programa de Acción Selectiva se desarrolla en las 5 zonas recogidas en el Plan de Acción
Selectiva que se indican en la Figura 1.
Figura 1. Zonas control biológico.
Lunes 18 de noviembre de 2024
59453
Autónoma de Extremadura. Entre las medidas adoptadas en la Resolución cabe destacar los
puntos Cuarto y Quinto, donde se indica lo siguiente:
Cuarto. En las comarcas VC4, en las partes abiertas de cotos de caza mayor, para las modalidades de montería y gancho, se establecen los siguientes cupos:
3. E
n la comarca CEx 06., Monfragüe y dehesas periféricas:
a. Los cupos de hembras de ciervo previstos en su plan técnico se incrementarán un 50
% y se permitirá el abate de hembras de gamo sin cupo.
b. E
n el caso de los cotos linderos al Parque Nacional de Monfragüe, que se reflejan en
el anexo III, se permitirá el abate de hembras de ciervo y gamo sin cupo.
Quinto. En la comarca CEx 06. Monfragüe y dehesas periféricas, para los cotos del anexo III,
en las partes abiertas de cotos de caza mayor, para las modalidades de rececho, aguardo o
espera de jabalí, se establecen las siguientes medidas:
1. El cupo de jabalí de trofeo se podrá duplicar y el de jabalí hembra se podrá equiparar a
este.
2. El periodo de caza se amplía a toda la temporada cinegética.
A lo largo de la vigencia del presente programa se evaluarán los posibles efectos de esta resolución sobre los datos de capturas establecidos en el presente documento.
La vigencia del Programa de Acción será de 1 año desde su publicación, conforme a lo establecido en el PRUG.
2. P
rograma de control.
El Programa de Acción Selectiva se desarrolla en las 5 zonas recogidas en el Plan de Acción
Selectiva que se indican en la Figura 1.
Figura 1. Zonas control biológico.