Ayuntamiento De Guareña. Oferta De Empleo Público. (2024081847)
Anuncio 6 de noviembre de 2024 sobre aprobación de la modificación de la Oferta de Empleo Público referente al proceso de estabilización.
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NÚMERO 224

59520

Lunes 18 de noviembre de 2024

AYUNTAMIENTO DE GUAREÑA
ANUNCIO 6 de noviembre de 2024 sobre aprobación de la modificación de
la Oferta de Empleo Público referente al proceso de estabilización. (2024081847)
Por Resolución de Alcaldía n.º 650/2024, de fecha 6 de noviembre de 2024, se ha aprobado
la modificación de la Oferta de Empleo Público referente al proceso de estabilización, para dar
cumplimiento de lo previsto en el artículo 2 y en la disposición adicional 6ª de la Ley 20/2021,
de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo
público:
Personal laboral fijo:
DENOMINACIÓN

GRUPO DE
CLASIFICACIÓN

N.º
PLAZAS

FORMA ACCESO

JORNADA
LABORAL

TRABAJADOR/A SOCIAL

A2

1

CONCURSO

100%

OPERARIO/A DE
SERVICIOS MULTIPLES

AP

3

CONCURSO

100%

LIMPIADORES/AS DE
EDIFICIOS MUNICIPALES

AP

5

CONCURSO

50%

OPERARIOS/AS
MENTENIMIENTO DE
ELECTRICIDAD

AP

1

CONCURSO

100%

REPONSABLE DE
COMUNICACIÓN Y
PRENSA MUNICIPAL

C2

1

CONCURSO

100%

Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiendo a los interesados que contra
dicha resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer, alternativamente, o
recurso de reposición potestativo ante la Alcaldía, en el plazo de un mes a contar desde el día
siguiente a la recepción de esta notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contenciosoadministrativo de Mérida (Badajoz), en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a
la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el
recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo
hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Asimismo, podrá ejercitar cualquier otro recurso que considere pertinente.
Guareña, 6 de noviembre de 2024. El Secretario General, MANUEL MARÍA CARO FRANGANILLO.
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