Consorcio Ciudad Monumental De Mérida. Procesos Selectivos. (2024063780)
Resolución de 6 de noviembre de 2024, de la Dirección del Consorcio, por la que se declaran aprobadas las listas provisionales de admitidos y excluidos, con indicación de su causa, para participar en las pruebas selectivas, por turno de ascenso, para cubrir puestos de trabajo vacantes en la categoría de Auxiliar de Arqueología, pertenecientes al Grupo IV.
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NÚMERO 223
Viernes 15 de noviembre de 2024

59211

CONSORCIO CIUDAD MONUMENTAL DE MÉRIDA
RESOLUCIÓN de 6 de noviembre de 2024, de la Dirección del Consorcio, por
la que se declaran aprobadas las listas provisionales de admitidos y excluidos,
con indicación de su causa, para participar en las pruebas selectivas, por
turno de ascenso, para cubrir puestos de trabajo vacantes en la categoría de
Auxiliar de Arqueología, pertenecientes al Grupo IV. (2024063780)
Por Resolución de fecha 30 de septiembre de 2024 (DOE n.º 194/2024, de fecha 4 de octubre
de 2024) se convocaron pruebas selectivas, por turno de ascenso, para cubrir tres puestos de
trabajo vacantes en la categoría de Auxiliar de Arqueología, perteneciente al Grupo IV.
Conforme a lo establecido en la base cuarta, apartado 1, de la citada convocatoria, una vez
finalizado el plazo de presentación de instancias, el Director dictará resolución declarando
aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos con indicación de su causa. La resolución se publicará en el Diario Oficial de Extremadura y en la página web del Consorcio.
Por ello, al amparo de las competencias que me atribuyen los Estatutos del Consorcio,
RESUELVO:
Primero. Declarar aprobadas las listas provisionales de aspirantes admitidos/as y excluidos/
as con indicación de la causa de exclusión, para participar en las pruebas selectivas convocadas mediante la referida resolución.
Segundo. Los/as aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados desde el
día siguiente al de publicación de la presente resolución en el DOE, para subsanar los defectos
que han motivado la exclusión y efectuar reclamaciones.
Aquellos/as aspirante que dentro del plazo señalado no subsanen el defecto que motivó la
exclusión o no presentes reclamación justificando su derecho a ser incluidos/as en la relación
de admitidos, serán definitivamente excluidos/as de la realización de las pruebas.
No se considerará defecto formal subsanable la falta de registro de la solicitud o la falta de
cumplimiento de los requisitos para ser admitidos dentro de plazo de presentación de la
solicitud.
Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen el defecto que motivó la exclusión
o no presenten reclamación justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos,
serán definitivamente excluidos de la realización de la prueba.