Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Economía Social. Subvenciones. (2024040238)
Extracto del Decreto 123/2024, de 24 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras del Programa para el fomento y consolidación del empleo en la economía social, en el ámbito de la Comunidad de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria, de las subvenciones para el Programa IV: "Ayudas destinadas a fomentar la consolidación del empleo".
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NÚMERO 223
59024
Viernes 15 de noviembre de 2024
150.000,00 euros de los que 75.000,00 euros corresponden al ejercicio 2026 y el resto,
es decir, 75.000,00 euros, corresponden al ejercicio 2027, aplicación presupuestaria
140130000/G/242A/47000/CAG0000001/20050386.
Las entidades beneficiarias del Programa IV podrán ver incrementada el importe concedido,
en una cuantía de 2.500,00 euros, cuando mantengan los puestos o contratos subvencionados, durante un período de 12 meses adicionales al período de mantenimiento obligatorio
ordinario de 24 meses.
El importe de la subvención que pueda concederse, por la creación de puestos de trabajo en
este programa, se modulará en relación con la reducción de jornada laboral que realicen las
personas trabajadoras contratadas, cuando éstas presten servicios a tiempo parcial, que no
podrá ser, en ningún caso, menor del 50 % de la jornada laboral.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Para el Programa IV, en el periodo de vigencia de la convocatoria, la subvención deberá solicitarse a partir de la fecha de alta o variación de datos, durante el mes en el que se produce el
alta o la variación de datos en Seguridad Social de las personas socias o trabajadoras contratadas cuyos puestos se subvencionan, y los cinco meses naturales siguientes a aquél en que
se produce tal alta o variación.
La convocatoria tiene una vigencia de un año y se inicia el día siguiente a su publicación en el
Diario Oficial de Extremadura, junto al presente extracto, previsto en el artículo 20.8 a) de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Sexto. Otros datos.
La tramitación de las solicitudes, así como el acceso a la totalidad de la información sobre el
procedimiento, se efectuará a través del punto de acceso general electrónico, dentro de la
ficha correspondiente al trámite, accesible a través del siguiente enlace directo
https://www.juntaex.es/w/0704624 .
Mérida, 30 de septiembre de 2024.
El Secretario General del SEXPE,
PD, Resolución 14/09/2023,
(DOE núm. 180 de 19/09/2023),
NICOLÁS MACÍAS MANZANEDO
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Viernes 15 de noviembre de 2024
150.000,00 euros de los que 75.000,00 euros corresponden al ejercicio 2026 y el resto,
es decir, 75.000,00 euros, corresponden al ejercicio 2027, aplicación presupuestaria
140130000/G/242A/47000/CAG0000001/20050386.
Las entidades beneficiarias del Programa IV podrán ver incrementada el importe concedido,
en una cuantía de 2.500,00 euros, cuando mantengan los puestos o contratos subvencionados, durante un período de 12 meses adicionales al período de mantenimiento obligatorio
ordinario de 24 meses.
El importe de la subvención que pueda concederse, por la creación de puestos de trabajo en
este programa, se modulará en relación con la reducción de jornada laboral que realicen las
personas trabajadoras contratadas, cuando éstas presten servicios a tiempo parcial, que no
podrá ser, en ningún caso, menor del 50 % de la jornada laboral.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Para el Programa IV, en el periodo de vigencia de la convocatoria, la subvención deberá solicitarse a partir de la fecha de alta o variación de datos, durante el mes en el que se produce el
alta o la variación de datos en Seguridad Social de las personas socias o trabajadoras contratadas cuyos puestos se subvencionan, y los cinco meses naturales siguientes a aquél en que
se produce tal alta o variación.
La convocatoria tiene una vigencia de un año y se inicia el día siguiente a su publicación en el
Diario Oficial de Extremadura, junto al presente extracto, previsto en el artículo 20.8 a) de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Sexto. Otros datos.
La tramitación de las solicitudes, así como el acceso a la totalidad de la información sobre el
procedimiento, se efectuará a través del punto de acceso general electrónico, dentro de la
ficha correspondiente al trámite, accesible a través del siguiente enlace directo
https://www.juntaex.es/w/0704624 .
Mérida, 30 de septiembre de 2024.
El Secretario General del SEXPE,
PD, Resolución 14/09/2023,
(DOE núm. 180 de 19/09/2023),
NICOLÁS MACÍAS MANZANEDO
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