Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Economía Social. Subvenciones. (2024040195)
Decreto 123/2024, de 24 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento y consolidación del empleo en la economía social en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se aprueba la primera convocatoria de los programas I, II, III y IV para el período 2024-2025.
88 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 223
Viernes 15 de noviembre de 2024



58979

e) C
 ertificado que acredite que la entidad solicitante de la ayuda se encuentra al co­
rriente de sus obligaciones con la Seguridad Social, en formato electrónico.



f) Certificado que acredite que la entidad solicitante de la ayuda no tiene deudas con la
Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en formato electrónico.



En el Programa III y en el Programa IV, la entidad solicitante estará eximida de acre­
ditar los requisitos de los apartados d) e) y f), bastando la declaración responsable
que, a tal efecto, se incluye en la solicitud, en aplicación del artículo 12.8.c) de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extre­
madura.



A.2. Documentación Común Socios y/o Trabajadores para todos los Programas.

Cuando la entidad solicitante se oponga o no autorice expresamente en la solicitud a
que el órgano instructor recabe de oficio los datos o documentos necesarios, deberá
aportar la siguiente documentación:


1. I nforme original, expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, rela­
tivo a la vida laboral de la persona socia trabajadora o de trabajo o respecto del
trabajador indefinido por el que se solicita la subvención, en formato electrónico.



2. C
 ertificado expedido por los Servicios Públicos de Empleo que acredite que la
persona socia trabajadora o de trabajo y trabajador indefinido causante de la
ayuda, ha estado inscrita como demandante de empleo desempleada, indicando
las fechas de alta y baja en la demanda de empleo.



Esta documentación no será exigible en los supuestos de transformación de con­
trato temporal en indefinido del Programas I y del Programa II, ni en el Programa
IV.



A.3. Documentación específica.



Programa I:

1. Documentación acreditativa de la adquisición de la condición de persona socia
trabajadora o de trabajo.


— En las sociedades cooperativas se presentará certificación emitida por la re­
presentación legal de la sociedad, acreditativa de la adquisición de la condi­
ción de persona socia trabajadora o de trabajo.