Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024063744)
Resolución de 5 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe ambiental estratégico, en la forma prevista en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la modificación puntual n.º 30 de las Normas Subsidiarias de Coria. Expte.: IA24/0013.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
16 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 222
Jueves 14 de noviembre de 2024

58853

RESOLUCIÓN de 5 de noviembre de 2024, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula informe ambiental estratégico, en la
forma prevista en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la modificación puntual n.º 30
de las Normas Subsidiarias de Coria. Expte.: IA24/0013. (2024063744)
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, en su artículo 49, prevé los planes y programas que deben ser sometidos a
evaluación ambiental estratégica simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el plan o programa no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, en los
términos establecidos en el informe ambiental estratégico, o bien, que el plan o programa
debe someterse a una evaluación ambiental estratégica ordinaria porque pueda tener efectos
significativos sobre el medio ambiente.
El citado artículo 49 especifica aquellos planes y programas que serán objeto de una evaluación ambiental estratégica simplificada, cuyo procedimiento se regula en los artículos 49 a
53 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura y de conformidad con los criterios establecidos en el anexo VIII de dicha Ley.
La modificación puntual n.º 30 de las Normas Subsidiarias de Coria se encuentra encuadrada
en el artículo 49, letra f), apartado 1.º de la Ley de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Es órgano competente para la formulación del informe ambiental estratégico relativo a la
modificación puntual n.º 30 de las Normas Subsidiarias de Coria, la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 7.1.d) del Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo
Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
1. O
 bjeto y descripción de la modificación.
La modificación puntual n.º 30 de las Normas Subsidiarias de Coria tiene por objeto la
ampliación del Suelo Urbano, mediante la creación de un nuevo sector de Suelo Urbano
(SU-1) con uso global Terciario y ordenación detallada. El nuevo sector tendrá una superficie de 19.906 m2, de los cuales 9.659,64 m2 tendrán uso Terciario, 998,13 m2 tendrán
uso Dotacional, 1.998,91 m2 tendrán uso Zona Verde, y 7.249,32 m2 tendrán uso Viario.
Asimismo, se establece una ordenanza de nueva creación: Terciario comercial.