Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024063725)
Resolución de 4 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de instalación solar fotovoltaica "Atalaya", a realizar en el término municipal de Badajoz (Badajoz). Expte.: IA22/1499.
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NÚMERO 221
Miércoles 13 de noviembre de 2024

58664

no se detecta afección sobre ningún Plan Territorial ni Proyecto de Interés Regional
con aprobación definitiva (Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación
Territorial de Extremadura, con modificaciones posteriores).


Asimismo, no se detecta afección sobre ningún instrumento de ordenación territorial
general (Plan Territorial), de ordenación territorial de desarrollo (Plan de Suelo Rústico, Plan Especial de Ordenación del Territorio) ni de intervención directa (Proyecto
de Interés Regional) de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial
y urbanística sostenible de Extremadura, en vigor desde el 27 de junio de 2019.



— Con fecha 14 de marzo de 2024, el Servicio de Infraestructuras Rurales comunica
que el proyecto ISF “Atalaya” no afecta a ninguna de las Vías Pecuarias clasificadas
en el término municipal de Badajoz. En cumplimiento de la legislación vigente en
materia de vías pecuarias (Ley 3/1995, de 23 de marzo, Decreto 65/2022, de 8 de
junio, Decreto 49/2000, de 8 de marzo, Ley 6/2015, de 24 de marzo), da traslado
para su conocimiento y efectos oportunos.



— Con fecha 21 de marzo de 2024, la Dirección General de Salud Pública del Servicio
Extremeño de Salud comunica que una vez revisado el documento no se aportan
alegaciones.



— Con fecha 24 de abril de 2024, el Servicio de Ordenación y Gestión Forestal, informa
favorablemente, siempre que se respete la encina existente, colocando los paneles
e infraestructuras de forma que se posibilite su desarrollo y se eviten interferencias,
procurándose que las molestias que cause sean mínimas ahora y en el futuro.



— Con fecha 19 de mayo de 2024, el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas
Protegidas, de acuerdo con lo previsto en el artículo 56 quater de la Ley 8/1998, de
26 de junio, de Conservación de la Naturaleza y de espacios naturales de Extremadura, y en el Decreto 110/2015, de 19 de mayo, por el que se regula la red ecológica
europea Natura 2000 en Extremadura, informa favorablemente la actividad solicitada, ya que no es susceptible de afectar de forma apreciable a lugares incluidos en la
Red Natura 2000, siempre que se cumplan las siguientes medidas:



• Si durante la realización de las actividades se detectara la presencia de alguna especie incluida en el Catálogo de Especies Amenazadas de Extremadura que pudiera
verse afectada por los mismos, se estará a lo dispuesto por el personal técnico de
la Dirección General en materia de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas, previa comunicación de tal circunstancia.

• Se deberá prestar atención a no ocasionar molestias a la fauna presente en la
zona, teniendo especial cuidado en el caso de especies catalogadas y durante las