Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Promoción Empresarial. Ayudas. (2024040230)
Decreto 137/2024, de 5 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas por parte de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, dirigidas a la promoción internacional de la pyme extremeña.
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NÚMERO 220
Martes 12 de noviembre de 2024
58306
Artículo 6. Cuantía de la ayuda en especie.
1. E
l importe máximo de la ayuda en especie que podrán obtener los beneficiarios será fijado
en la resolución de concesión inicial y se obtendrá del cociente entre el importe asignado
a cada convocatoria y el número máximo de participantes en la acción de promoción internacional objeto de aquella.
2. E
l importe efectivo de la ayuda resultará del cociente entre la cuantía de los gastos reales
en los que haya incurrido Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, según
las facturas de los bienes, derechos y servicios adquiridos, y el número final de participantes de la acción de promoción internacional objeto de la convocatoria, una vez finalizada,
sin que pueda ser éste, superior al importe máximo concedido.
3. E
l importe de ayuda efectiva será notificado individualmente a cada beneficiario, mediante
una modificación de la resolución de concesión inicial.
4. L
a intensidad de la ayuda por convocatoria, será del 100 % de los gastos subvencionables,
no pudiendo superar el importe de la ayuda la cuantía de 30.000 euros por beneficiario.
Artículo 7. Gastos que conforman las ayudas en especie.
1. L
a ayuda en especie consistirá en la prestación de los bienes, derechos o servicios a los
beneficiarios, adquiridos por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, necesarios para la ejecución de la acción de promoción comercial internacional.
2. L
a ayuda en especie comprenderá todo tipo de gasto directamente relacionado con la ejecución de la acción de promoción internacional. Estos podrán ser los siguientes:
a) Derechos de participación o preinscripción.
b) Alquiler de suelos y espacios comerciales.
c) Construcción y alquiler de stands, incluso contratación de servicios complementarios.
d) Pases de acceso, acreditaciones y entradas.
e) M
obiliario y equipamiento industrial, comercial y audiovisual
f) Decoración, limpieza y suministros.
g) Seguros.
h) I nserción en catálogos oficiales.
Martes 12 de noviembre de 2024
58306
Artículo 6. Cuantía de la ayuda en especie.
1. E
l importe máximo de la ayuda en especie que podrán obtener los beneficiarios será fijado
en la resolución de concesión inicial y se obtendrá del cociente entre el importe asignado
a cada convocatoria y el número máximo de participantes en la acción de promoción internacional objeto de aquella.
2. E
l importe efectivo de la ayuda resultará del cociente entre la cuantía de los gastos reales
en los que haya incurrido Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, según
las facturas de los bienes, derechos y servicios adquiridos, y el número final de participantes de la acción de promoción internacional objeto de la convocatoria, una vez finalizada,
sin que pueda ser éste, superior al importe máximo concedido.
3. E
l importe de ayuda efectiva será notificado individualmente a cada beneficiario, mediante
una modificación de la resolución de concesión inicial.
4. L
a intensidad de la ayuda por convocatoria, será del 100 % de los gastos subvencionables,
no pudiendo superar el importe de la ayuda la cuantía de 30.000 euros por beneficiario.
Artículo 7. Gastos que conforman las ayudas en especie.
1. L
a ayuda en especie consistirá en la prestación de los bienes, derechos o servicios a los
beneficiarios, adquiridos por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, necesarios para la ejecución de la acción de promoción comercial internacional.
2. L
a ayuda en especie comprenderá todo tipo de gasto directamente relacionado con la ejecución de la acción de promoción internacional. Estos podrán ser los siguientes:
a) Derechos de participación o preinscripción.
b) Alquiler de suelos y espacios comerciales.
c) Construcción y alquiler de stands, incluso contratación de servicios complementarios.
d) Pases de acceso, acreditaciones y entradas.
e) M
obiliario y equipamiento industrial, comercial y audiovisual
f) Decoración, limpieza y suministros.
g) Seguros.
h) I nserción en catálogos oficiales.