Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Promoción Empresarial. Ayudas. (2024040230)
Decreto 137/2024, de 5 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas por parte de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, dirigidas a la promoción internacional de la pyme extremeña.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 220
Martes 12 de noviembre de 2024
58334
5. CONDICIONES GENERALES
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Tiene la consideración de PYME.
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Todos los datos expuestos en esta solicitud son correctos y veraces.
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No incurrir en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, y reunir los requisitos
establecidos en la normativa vigente para obtener la ayuda solicitada.
6. COMPROBACIONES DE EXTREMADURA AVANTE SERVICIOS AVANZADOS A PYMES, SLU
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las administraciones públicas podrán
recabar o verificar los datos que a continuación se relacionan. Si manifiesta su oposición a que Extremadura Avante Servicios
Avanzados a Pymes, SLU efectúe dicha comprobación, deberá indicarlo marcando la casilla correspondiente y aportando en
cada caso el documento solicitado.
☐
☐
ME OPONGO a que Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU recabe información y/o documentos que
obren en su poder, por haber sido aportados junto a otras solicitudes de ayudas, ya sean estas anteriores o simultaneas
a la presente.
ME OPONGO a que Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU recabe, de manera directa o a través de la
Junta de Extremadura, información relacionada a la participación en programas de capacitación y cualificación para la
internacionalización empresarial, auspiciados por la Junta de Extremadura en el año anterior a la convocatoria.
7. COMPROBACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN
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8. COMPROBACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN RELATIVAS A ESTAR AL CORRIENTE DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS, CON LA
SEGURIDAD SOCIAL Y NO TENER DEUDAS CON LA HACIENDA AUTONÓMICA
De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 5/2022, de 25 de noviembre, de medidas de mejora de los procesos de respuesta
administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de los servicios públicos que modifica el artículo 12.8 de la Ley 6/2011,
de 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como en el artículo 95.1 k) de la Ley 58/2003,
de 17 de diciembre, General Tributaria, las Administraciones Publicas podrán recabar o consultar de oficio los datos que a
continuación se relacionan, previa autorización expresa del interesado. Para ello, deberá indicar si autoriza o no autoriza
marcando la casilla correspondiente.
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establecidos en la normativa vigente para obtener la ayuda solicitada.
6. COMPROBACIONES DE EXTREMADURA AVANTE SERVICIOS AVANZADOS A PYMES, SLU
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las administraciones públicas podrán
recabar o verificar los datos que a continuación se relacionan. Si manifiesta su oposición a que Extremadura Avante Servicios
Avanzados a Pymes, SLU efectúe dicha comprobación, deberá indicarlo marcando la casilla correspondiente y aportando en
cada caso el documento solicitado.
☐
☐
ME OPONGO a que Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU recabe información y/o documentos que
obren en su poder, por haber sido aportados junto a otras solicitudes de ayudas, ya sean estas anteriores o simultaneas
a la presente.
ME OPONGO a que Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU recabe, de manera directa o a través de la
Junta de Extremadura, información relacionada a la participación en programas de capacitación y cualificación para la
internacionalización empresarial, auspiciados por la Junta de Extremadura en el año anterior a la convocatoria.
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8. COMPROBACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN RELATIVAS A ESTAR AL CORRIENTE DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS, CON LA
SEGURIDAD SOCIAL Y NO TENER DEUDAS CON LA HACIENDA AUTONÓMICA
De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 5/2022, de 25 de noviembre, de medidas de mejora de los procesos de respuesta
administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de los servicios públicos que modifica el artículo 12.8 de la Ley 6/2011,
de 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como en el artículo 95.1 k) de la Ley 58/2003,
de 17 de diciembre, General Tributaria, las Administraciones Publicas podrán recabar o consultar de oficio los datos que a
continuación se relacionan, previa autorización expresa del interesado. Para ello, deberá indicar si autoriza o no autoriza
marcando la casilla correspondiente.
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