Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024063698)
Resolución de 22 de octubre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de planta de fabricación de hormigones, promovido por Felipe Sierra e Hijos, SL, en el término municipal de Orellana la Vieja.
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NÚMERO 219
Lunes 11 de noviembre de 2024

58217

2. M
 ientras los residuos se encuentren en la instalación industrial, el titular de ésta estará
obligado disponer de una zona habilitada e identificada para el correcto almacenamiento
de los residuos que reúna las condiciones adecuadas de higiene y seguridad mientras se
encuentren en su poder. En particular:
a) Las condiciones de los almacenamientos deberán evitar el arrastre de los residuos por
el viento o cualquier otra pérdida de residuo o de componentes del mismo.
b) Se almacenarán sobre solera impermeable.
c) El almacenamiento temporal de residuos peligrosos se efectuará en zonas cubiertas,
protegidos de la intemperie y con pavimento impermeable y sistemas de retención de
vertidos y derrames.
d) Para aquellos residuos peligrosos que, por su estado físico, líquido o pastoso, puedan
generar lixiviados o dar lugar a vertidos, se dispondrá de cubetos de retención o sistema equivalente, a fin de garantizar la contención de eventuales derrames. Dichos
sistemas serán independientes para aquellas tipologías de residuos cuya posible mezcla
en caso de derrame suponga aumento de su peligrosidad o mayor dificultad de gestión.
e) L
 os residuos peligrosos generados en las instalaciones deberán envasarse, etiquetarse
y almacenarse conforme a lo establecido en Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y
suelos contaminados para una economía circular.
f) Se instalarán los equipos y agentes de extinción de incendios requeridos por los organismos competentes en materia de seguridad contra incendios en establecimientos
industriales.
3. N
 o se mezclarán residuos peligrosos de distinta categoría, ni con otros residuos no peligrosos, sustancias o materiales. La mezcla incluye la dilución de sustancias peligrosas.
4. L
 os residuos no peligrosos no podrán almacenarse por un tiempo superior a dos años, si
su destino final es la valorización, o a un año, si su destino final es la eliminación. Mientras
que los residuos peligrosos no podrán almacenarse por un tiempo superior a seis meses.
Ello de conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos
contaminados para una economía circular.
5. L
 a generación de cualquier otro residuo no mencionado en la presente resolución deberá
ser comunicado a la DGS, con objeto de evaluarse la gestión más adecuada que deberá
llevar a cabo el titular de la instalación industrial y, en su caso, autorizar la producción del
mismo.