Consejería De Gestión Forestal Y Mundo Rural. Deslinde. (2024050179)
Orden de 29 de octubre de 2024 por la que se aprueba el deslinde parcial administrativo del monte n.º 100 "Sierras de Pinofranqueado" del Catálogo de Montes de Utilidad Pública, propiedad del municipio de Pinofranqueado, y ubicado en ese mismo término municipal, provincia de Cáceres.
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NÚMERO 219
Lunes 11 de noviembre de 2024
58244
Enclavado R.
Fincas particulares.
Superficie: 16032 m2.
Enclavado S.
Fincas particulares.
Enclavado T.
Fincas particulares.
Superficie: 6323 m2.
Enclavado U.
Fincas particulares.
Superficie: 2517 m2.
Segundo. Aprobado el deslinde parcial y adquirida su firmeza, se proceda a la inscripción de
los datos resultantes, en virtud del artículo 133 del Decreto 485/1962, de 22 de febrero, por
el que se aprueba el Reglamento de Montes, en el Registro de la Propiedad de Hervás, llevando los nuevos datos resultantes de la descripción del monte, con cada uno de los piquetes del
deslinde parcial que se detallan en las correspondientes actas que obran en el expediente y,
además, con los datos que se describen en el apartado anterior.
Tercero. Que se actualicen los datos obrantes en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública
de Cáceres conforme a lo resultante del deslinde parcial aprobado en esta Orden con la descripción que se señala en el punto 1º.
Cuarto. Que se dé traslado de los datos resultantes del deslinde parcial, una vez aprobado y firme en su totalidad, a la Consejería competente en materia de hacienda junto con la
documentación necesaria para la práctica de los asientos pertinentes en el Inventario del
Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de acuerdo con lo estipulado en el
artículo 32.2 de la Ley 2/2008, de 16 de junio, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
Quinto. Que se dé traslado a la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación
del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, de acuerdo con lo previsto
en el artículo 16.2 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, una vez finalizado y
adquirida su firmeza.
Lunes 11 de noviembre de 2024
58244
Enclavado R.
Fincas particulares.
Superficie: 16032 m2.
Enclavado S.
Fincas particulares.
Enclavado T.
Fincas particulares.
Superficie: 6323 m2.
Enclavado U.
Fincas particulares.
Superficie: 2517 m2.
Segundo. Aprobado el deslinde parcial y adquirida su firmeza, se proceda a la inscripción de
los datos resultantes, en virtud del artículo 133 del Decreto 485/1962, de 22 de febrero, por
el que se aprueba el Reglamento de Montes, en el Registro de la Propiedad de Hervás, llevando los nuevos datos resultantes de la descripción del monte, con cada uno de los piquetes del
deslinde parcial que se detallan en las correspondientes actas que obran en el expediente y,
además, con los datos que se describen en el apartado anterior.
Tercero. Que se actualicen los datos obrantes en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública
de Cáceres conforme a lo resultante del deslinde parcial aprobado en esta Orden con la descripción que se señala en el punto 1º.
Cuarto. Que se dé traslado de los datos resultantes del deslinde parcial, una vez aprobado y firme en su totalidad, a la Consejería competente en materia de hacienda junto con la
documentación necesaria para la práctica de los asientos pertinentes en el Inventario del
Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de acuerdo con lo estipulado en el
artículo 32.2 de la Ley 2/2008, de 16 de junio, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
Quinto. Que se dé traslado a la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación
del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, de acuerdo con lo previsto
en el artículo 16.2 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, una vez finalizado y
adquirida su firmeza.