Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Innovación Educativa. (2024050180)
Orden de 4 de noviembre de 2024 por la que se regula la convocatoria para la selección de proyectos de innovación educativa en los centros docentes de enseñanzas no universitarias, sostenidos con fondos públicos, de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 218
Viernes 8 de noviembre de 2024

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2. P
 lazo de presentación.
La persona responsable de la coordinación del proyecto del centro escolar deberá presentar,
el anexo III, el portafolio de evidencias y el vídeo hasta el 15 de junio del año de finalización del curso escolar.
Artículo 12. Reconocimiento de la labor del profesorado.
1. E
 l reconocimiento y la certificación de los proyectos de innovación seleccionados se realizará conforme a lo dispuesto en la Orden de 31 de octubre de 2000, por la que se regula
la convocatoria, reconocimiento, certificación y registro de las actividades de formación
permanente del profesorado y establece la equivalencia de las actividades de investigación
y de las titulaciones universitarias.
2. Finalizado el proyecto, se evaluarán el portafolio de evidencias, el vídeo y el Anexo III. La
Comisión de Selección y Valoración procederá a su baremación en función de los criterios
de valoración establecidos en el artículo 7 y los puntos descritos en el modelo para la elaboración de la documentación final. publicada en https://formacion.educarex.es . Dicha
comisión emitirá un acta en la que constarán los proyectos con derecho a certificación, que
se publicará en la web https://formacion.educarex.es/ .
3. A este respecto se asignarán hasta 40 horas (4 créditos de innovación) al personal docente
de los proyectos con derecho a certificación, y a la persona coordinadora si es participante
único en el proyecto. En caso de participación en grupos o intercentros, se asignarán hasta
50 horas (5 créditos de innovación) a la/s persona/s responsable/s de la coordinación.
Al personal no docente, participante en el proyecto, se le expedirá un documento haciendo
constar su participación en el mismo.
4. Por otra parte, el reconocimiento no sólo será a través de créditos de innovación ya que la
Administración educativa tendrá en cuenta a los proyectos de innovación que sirvan como
modelos institucionales y cuyas prácticas sean inspiradoras desde el punto de vista curricular, competencial y organizacional, siendo un referente dentro de la comunidad educativa
y dándole publicidad a los mismos.
Artículo 13. Información y publicidad.
La Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional se reserva el derecho de publicación, difusión y edición de los materiales y los proyectos de innovación que resulten seleccionados en la resolución.