Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063695)
Resolución de 31 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda de prórroga y modificación del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital de la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura para el desarrollo de un proyecto de investigación para la monitorización, análisis de impactos y proyecciones de la economía extremeña (PIMAP anualidades 2021, 2022, 2023 y 2024).
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NÚMERO 216
Miércoles 6 de noviembre de 2024
57785
análisis de impactos y proyecciones de la economía extremeña (PIMAP). Anualidades 2021,
2022, 2023 y 2024.
Segundo. Que la cláusula undécima del citado Convenio establece que “El presente Convenio
extenderá su vigencia desde el momento de su firma y hasta el 31 de octubre de 2024, pudiendo prorrogarse por un período de hasta cuatro años antes de la fecha en que finalice su
vigencia, conforme a lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico
del Sector Público”.
Tercero. Que en el Acta de la Comisión de Seguimiento del convenio (punto tercero) celebrada el 25 de abril de 2024, se acordó por unanimidad de sus miembros la prórroga del
convenio por un periodo de cuatro años mediante la firma de una Adenda, en base a los buenos resultados relacionados con el conocimiento exhaustivo de la economía regional que ha
permitido la realización de predicciones, análisis, interpretaciones, evaluaciones y propuestas
de acciones, de manera permanente, orientadas a seguir aportando respuestas innovadoras
para la resolución de los retos que se planteen, a la vez que permitirá seguir adquiriendo conocimiento investigador.
Cuarto. Que conforme al artículo 2 de Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por
el que se modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman
la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Consejería de Economía,
Empleo y Transformación Digital tiene atribuidas, entre otras, las competencias relacionadas
con la “planificación y coordinación económica y estadística”, correspondiendo a la Secretaría
General de Economía, Empresa y Comercio de dicha Consejería en materia de política económica el desempeño de las siguientes funciones:
a) El seguimiento de la economía regional y de la coyuntura económica.
b) La elaboración de previsiones de los principales indicadores coyunturales de actividad
para la economía extremeña.
c) El desarrollo y la adaptación de instrumentos orientados a la previsión y al seguimiento
de la coyuntura económica.
d) El estudio, la formulación y la coordinación de las líneas fundamentales de la política
económica regional, así como el diseño y seguimiento de los programas y planes de
desarrollo económico regional.
e) L
a identificación de sectores estratégicos y la elaboración y definición de políticas económicas sectoriales.
Miércoles 6 de noviembre de 2024
57785
análisis de impactos y proyecciones de la economía extremeña (PIMAP). Anualidades 2021,
2022, 2023 y 2024.
Segundo. Que la cláusula undécima del citado Convenio establece que “El presente Convenio
extenderá su vigencia desde el momento de su firma y hasta el 31 de octubre de 2024, pudiendo prorrogarse por un período de hasta cuatro años antes de la fecha en que finalice su
vigencia, conforme a lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico
del Sector Público”.
Tercero. Que en el Acta de la Comisión de Seguimiento del convenio (punto tercero) celebrada el 25 de abril de 2024, se acordó por unanimidad de sus miembros la prórroga del
convenio por un periodo de cuatro años mediante la firma de una Adenda, en base a los buenos resultados relacionados con el conocimiento exhaustivo de la economía regional que ha
permitido la realización de predicciones, análisis, interpretaciones, evaluaciones y propuestas
de acciones, de manera permanente, orientadas a seguir aportando respuestas innovadoras
para la resolución de los retos que se planteen, a la vez que permitirá seguir adquiriendo conocimiento investigador.
Cuarto. Que conforme al artículo 2 de Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por
el que se modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman
la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Consejería de Economía,
Empleo y Transformación Digital tiene atribuidas, entre otras, las competencias relacionadas
con la “planificación y coordinación económica y estadística”, correspondiendo a la Secretaría
General de Economía, Empresa y Comercio de dicha Consejería en materia de política económica el desempeño de las siguientes funciones:
a) El seguimiento de la economía regional y de la coyuntura económica.
b) La elaboración de previsiones de los principales indicadores coyunturales de actividad
para la economía extremeña.
c) El desarrollo y la adaptación de instrumentos orientados a la previsión y al seguimiento
de la coyuntura económica.
d) El estudio, la formulación y la coordinación de las líneas fundamentales de la política
económica regional, así como el diseño y seguimiento de los programas y planes de
desarrollo económico regional.
e) L
a identificación de sectores estratégicos y la elaboración y definición de políticas económicas sectoriales.