Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063695)
Resolución de 31 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda de prórroga y modificación del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital de la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura para el desarrollo de un proyecto de investigación para la monitorización, análisis de impactos y proyecciones de la economía extremeña (PIMAP anualidades 2021, 2022, 2023 y 2024).
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NÚMERO 216
Miércoles 6 de noviembre de 2024

57792

En cualquier caso, las dos partes aportarán los medios materiales y humanos necesarios para
el desarrollo del convenio.
La distribución de este presupuesto entre los distintos trabajos previstos podrá sufrir modificaciones derivadas de las necesidades de ejecución de los trabajos, siempre y cuando dichas
modificaciones no impliquen ninguna variación en la cuantía total del presupuesto ni en los
límites de los créditos previstos en las anualidades correspondientes.
3.3. La cláusula quinta del convenio “Justificación económica” firmado el 28 de mayo de 2021,
queda redactada en los siguientes términos.
La justificación económica se llevará a cabo mediante la presentación de certificaciones trimestrales que contendrán los trabajos realizados y entregados por la Universidad de Extremadura dentro del trimestre correspondiente de acuerdo a lo establecido en el Anexo I. Incluirán de forma desglosada y de acuerdo a los importes establecidos en el Anexo II, la valoración
económica individualizada de cada uno de los trabajos realizados.
La aportación de las cantidades convenidas se realizará una vez recibidas las certificaciones
trimestrales, conformadas y recepcionados los trabajos por la Dirección técnica prevista en la
cláusula sexta, y en el plazo máximo de un mes una vez recibidas dichas certificaciones. El
abono de las certificaciones de los trabajos correspondientes al último trimestre de los años
2021, 2022 y 2023, se realizarán en el ejercicio siguiente como se indica en el Anexo I.
Se incluirán, en su caso, con las certificaciones, las facturas pagadas o documentos contables
de valor probatorio equivalente, correspondientes al material utilizado en los términos señalados en el Anexo III.
Para la presente adenda, la justificación económica se llevará a cabo mediante la presentación de certificaciones trimestrales que contendrán los trabajos realizados y entregados por
la Universidad de Extremadura dentro del trimestre correspondiente de acuerdo a lo establecido en el Anexo I de la presente Adenda. Incluirán de forma desglosada y de acuerdo a los
importes establecidos en el Anexo II, la valoración económica individualizada de cada uno de
los trabajos realizados.
La aportación de las cantidades convenidas se realizará una vez recibidas las certificaciones
trimestrales, conformadas y recepcionados los trabajos por la Dirección técnica prevista en la
cláusula sexta del convenio, y en el plazo máximo de un mes una vez recibidas dichas certificaciones. El abono de las certificaciones de los trabajos correspondientes al último trimestre
de los años 2024, 2025 y 2026, se realizarán en el ejercicio siguiente como se indica en el
Anexo I de la presente Adenda.