Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Sentencias. Ejecución. (2024063671)
Resolución de 30 de octubre de 2024, de la Dirección General de Función Pública, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 159/2024, dictada por el Juzgado de lo Social n.º 3 de Plasencia, en el procedimiento ordinario n.º 603/2023.
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NÚMERO 216
Miércoles 6 de noviembre de 2024
57797
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
RESOLUCIÓN de 30 de octubre de 2024, de la Dirección General de Función
Pública, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 159/2024,
dictada por el Juzgado de lo Social n.º 3 de Plasencia, en el procedimiento
ordinario n.º 603/2023. (2024063671)
Tras la correspondiente tramitación judicial ha devenido firme y ejecutable la sentencia n.º
159/2024, de 11 de abril de 2024, dictada por el Juzgado de lo Social n.º 3 de Plasencia recaída en el procedimiento ordinario n.º 603/2023 promovido por D.ª Gema Garrido Garrido
contra la Resolución de 6 de septiembre de 2023, dictada por la Consejería de Hacienda y
Administración Pública, por la que se desestima su solicitud de reincorporación a la bolsa de
trabajo de Ordenanza en la misma posición que ocupaba a fecha de 12 de noviembre de 2020,
en aplicación del Decreto-ley 6/2020, de 17 de abril.
El artículo 40.1 del Decreto 1/2022, de 12 de enero, por el que se aprueba el Reglamento
de organización y funcionamiento de la Abogacía General de la Junta de Extremadura, de su
Cuerpo de Letrados y de la Comisión Jurídica de Extremadura, establece que “Corresponde la
ejecución material de sentencias firmes, así como su ejecución provisional en los casos que
legalmente proceda, al órgano que en el momento de la ejecución resulte competente por
razón de la materia sobre la que el litigio haya versado”.
Al objeto de cumplir con lo dispuesto en el fallo de la sentencia y de conformidad con lo establecido en los artículos 8 y siguientes del Decreto 59/1991, de 23 de julio, que regula la
tramitación administrativa en la ejecución de resoluciones judiciales, esta Consejería de Hacienda y Administración Pública, en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 3 del
Decreto 4/1990, de 23 de enero, sobre atribución de competencias en materia de personal,
RESUELVE:
Primero. Ejecutar el fallo de la sentencia firme n.º 159/2024, de 11 de abril de 2024, del
Juzgado de lo Social n.º 3 de Plasencia, recaída en el procedimiento ordinario n.º 603/2023,
siendo del tenor literal siguiente:
“Estimando íntegramente la demanda presentada por D.ª Gema Garrido Garrido frente a la
Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura, se debe condenar y se condena a la demandada a:
1. R
evocar y dejar sin efecto la Resolución de fecha 6 de septiembre de 2023 (justificante de
salida 11 de septiembre de 2023), dictada por la Consejería de Hacienda y Administración
Miércoles 6 de noviembre de 2024
57797
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
RESOLUCIÓN de 30 de octubre de 2024, de la Dirección General de Función
Pública, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 159/2024,
dictada por el Juzgado de lo Social n.º 3 de Plasencia, en el procedimiento
ordinario n.º 603/2023. (2024063671)
Tras la correspondiente tramitación judicial ha devenido firme y ejecutable la sentencia n.º
159/2024, de 11 de abril de 2024, dictada por el Juzgado de lo Social n.º 3 de Plasencia recaída en el procedimiento ordinario n.º 603/2023 promovido por D.ª Gema Garrido Garrido
contra la Resolución de 6 de septiembre de 2023, dictada por la Consejería de Hacienda y
Administración Pública, por la que se desestima su solicitud de reincorporación a la bolsa de
trabajo de Ordenanza en la misma posición que ocupaba a fecha de 12 de noviembre de 2020,
en aplicación del Decreto-ley 6/2020, de 17 de abril.
El artículo 40.1 del Decreto 1/2022, de 12 de enero, por el que se aprueba el Reglamento
de organización y funcionamiento de la Abogacía General de la Junta de Extremadura, de su
Cuerpo de Letrados y de la Comisión Jurídica de Extremadura, establece que “Corresponde la
ejecución material de sentencias firmes, así como su ejecución provisional en los casos que
legalmente proceda, al órgano que en el momento de la ejecución resulte competente por
razón de la materia sobre la que el litigio haya versado”.
Al objeto de cumplir con lo dispuesto en el fallo de la sentencia y de conformidad con lo establecido en los artículos 8 y siguientes del Decreto 59/1991, de 23 de julio, que regula la
tramitación administrativa en la ejecución de resoluciones judiciales, esta Consejería de Hacienda y Administración Pública, en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 3 del
Decreto 4/1990, de 23 de enero, sobre atribución de competencias en materia de personal,
RESUELVE:
Primero. Ejecutar el fallo de la sentencia firme n.º 159/2024, de 11 de abril de 2024, del
Juzgado de lo Social n.º 3 de Plasencia, recaída en el procedimiento ordinario n.º 603/2023,
siendo del tenor literal siguiente:
“Estimando íntegramente la demanda presentada por D.ª Gema Garrido Garrido frente a la
Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura, se debe condenar y se condena a la demandada a:
1. R
evocar y dejar sin efecto la Resolución de fecha 6 de septiembre de 2023 (justificante de
salida 11 de septiembre de 2023), dictada por la Consejería de Hacienda y Administración