Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Actividad Comercial. Subvenciones. (2024040228)
Extracto de la convocatoria incorporada en el Decreto 130/2024, de 15 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el fomento del comercio a través de acciones agrupadas de dinamización comercial en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria correspondiente a los ejercicios 2024-2025. Línea dirigida a municipios y entidades locales menores.
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NÚMERO 215
Martes 5 de noviembre de 2024
57535
Cuarto. Cuantía.
Las ayudas consistirán en una subvención del 90% de los gastos elegibles, con un importe
máximo de ayuda por solicitud que no podrá exceder del importe establecido en el artículo
4.1 de las bases reguladoras, en función de la población del municipio donde se desarrolle la
acción, estableciéndose además un importe específico en el supuesto de desarrollo e implementación de software dirigido a captar clientes.
La cuantía total de la convocatoria de ayudas asciende a 1.500.000 euros. La convocatoria de
la línea de ayudas para proyectos de animación comercial desarrollados por municipios y entidades locales menores tiene un importe total de 1.000.000 euros, 500.000 euros con cargo
al presupuesto de 2024 y 500.000 euros con cargo al presupuesto de 2025. Estas ayudas se
imputarán con cargo a la aplicación presupuestaria 14.003.341A.760.00, código de proyecto
de gasto 20230018 denominado “Fomento del comercio a través de acciones agrupadas”.
Estas ayudas están sometidas a las disposiciones del Reglamento (UE) 2021/1058 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 relativo al Fondo Europeo de Desarrollo
Regional y al Fondo de Cohesión, y se encuentran encuadradas en el programa FEDER 20212027 Extremadura, con la cofinanciación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER),
dentro del Objetivo Político 1: “Mejorar la competitividad de las PYME”, Prioridad de Inversión:
1.A “Transición Digital e Inteligente”, Objetivo específico 1 iii). “el refuerzo del crecimiento
sostenible y la competitividad de las pymes y la creación de empleo en estas, también mediante inversiones productivas”. Las mismas se encuentran cofinanciadas en un 85 % por
parte de la Unión Europea, a través de fondos FEDER.
Quinto. Gastos elegibles.
Tendrán la consideración de gastos elegibles, los gastos relacionados con el desarrollo de la
actividad recogidos en el artículo 3.1 de las bases reguladoras.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes de ayuda se iniciará a partir del día siguiente de la
publicación de la convocatoria y el presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura, y
finalizará el 31 de julio de 2025, o en su caso hasta el agotamiento del crédito presupuestario,
y respetará el plazo mínimo de presentación de solicitudes establecido en el artículo 7.1 de las
bases reguladoras. Las solicitudes se tramitarán de forma electrónica a través del punto de
acceso general electrónico https://www.juntaex.es/w/5512 dentro de la ficha correspondiente al trámite desde donde se habilitará el acceso a la Sede electrónica asociada para presentar
la solicitud.
Martes 5 de noviembre de 2024
57535
Cuarto. Cuantía.
Las ayudas consistirán en una subvención del 90% de los gastos elegibles, con un importe
máximo de ayuda por solicitud que no podrá exceder del importe establecido en el artículo
4.1 de las bases reguladoras, en función de la población del municipio donde se desarrolle la
acción, estableciéndose además un importe específico en el supuesto de desarrollo e implementación de software dirigido a captar clientes.
La cuantía total de la convocatoria de ayudas asciende a 1.500.000 euros. La convocatoria de
la línea de ayudas para proyectos de animación comercial desarrollados por municipios y entidades locales menores tiene un importe total de 1.000.000 euros, 500.000 euros con cargo
al presupuesto de 2024 y 500.000 euros con cargo al presupuesto de 2025. Estas ayudas se
imputarán con cargo a la aplicación presupuestaria 14.003.341A.760.00, código de proyecto
de gasto 20230018 denominado “Fomento del comercio a través de acciones agrupadas”.
Estas ayudas están sometidas a las disposiciones del Reglamento (UE) 2021/1058 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 relativo al Fondo Europeo de Desarrollo
Regional y al Fondo de Cohesión, y se encuentran encuadradas en el programa FEDER 20212027 Extremadura, con la cofinanciación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER),
dentro del Objetivo Político 1: “Mejorar la competitividad de las PYME”, Prioridad de Inversión:
1.A “Transición Digital e Inteligente”, Objetivo específico 1 iii). “el refuerzo del crecimiento
sostenible y la competitividad de las pymes y la creación de empleo en estas, también mediante inversiones productivas”. Las mismas se encuentran cofinanciadas en un 85 % por
parte de la Unión Europea, a través de fondos FEDER.
Quinto. Gastos elegibles.
Tendrán la consideración de gastos elegibles, los gastos relacionados con el desarrollo de la
actividad recogidos en el artículo 3.1 de las bases reguladoras.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes de ayuda se iniciará a partir del día siguiente de la
publicación de la convocatoria y el presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura, y
finalizará el 31 de julio de 2025, o en su caso hasta el agotamiento del crédito presupuestario,
y respetará el plazo mínimo de presentación de solicitudes establecido en el artículo 7.1 de las
bases reguladoras. Las solicitudes se tramitarán de forma electrónica a través del punto de
acceso general electrónico https://www.juntaex.es/w/5512 dentro de la ficha correspondiente al trámite desde donde se habilitará el acceso a la Sede electrónica asociada para presentar
la solicitud.