Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Actividad Comercial. Subvenciones. (2024040229)
Extracto de la convocatoria incorporada en el Decreto 130/2024, de 15 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el fomento del comercio a través de acciones agrupadas de dinamización comercial en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria correspondiente a los ejercicios 2024-2025. Línea dirigida a asociaciones, federaciones y confederaciones del sector comercio.
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NÚMERO 215

57539

Martes 5 de noviembre de 2024

Séptimo. Otros datos.
Pago de la ayuda.
Se prevé un primer pago anticipado del 50% de la subvención concedida, una vez dictada y
notificada la resolución de concesión y el 50% restante, una vez justificadas las actuaciones.
Plazo de ejecución y justificación de las actuaciones.
Se entiende por ejecución el periodo en el que se desarrollan las actividades subvencionadas,
se emiten las facturas y se procede al pago de las mismas. La ejecución de las actividades
subvencionadas deberá ajustarse a las condiciones, prescripciones y plazos que se establezcan en la resolución de concesión de las ayudas. Dentro de estos plazos deberán estar fechadas las facturas y sus correspondientes justificantes de pago. En todo caso, el plazo máximo
para la ejecución y pago de las actuaciones finalizará el 30 de septiembre de 2025. El plazo
para la presentación de la justificación de la ejecución y pago será de 7 días desde la finalización del plazo otorgado en la resolución de concesión para la realización de la actividad.
Mérida, 22 de octubre de 2024.
El Secretario General,
JUAN ANDRÉS MORENO MARTIN