Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Agrupaciones De Entidades Locales. Ayudas. (2024063660)
Resolución de 11 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas destinadas al fomento de agrupaciones de entidades locales para el sostenimiento en común de un único puesto de secretaría-intervención durante el ejercicio 2024.
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NÚMERO 213
Jueves 31 de octubre de 2024
56994
(Documentación que se acompaña)
Declaración responsable de cada una de las entidades agrupadas solicitantes que acredite su capacidad para
obtener la condición de entidad beneficiaria al no hallarse incursa en ninguna de las circunstancias relacionadas en el
punto 2 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura. Según modelo anexo II.
Memoria descriptiva de la actividad a la que va a destinarse la ayuda, con indicación del periodo de tiempo en que
el puesto de trabajo para el que se solicita la ayuda va a estar ocupado por personal funcionario nombrado
reglamentariamente, con indicación de la clase de nombramiento efectuado y autoridad que lo ha realizado.
El compromiso de ejecución asumido por cada entidad local integrante de la agrupación, indicando que el importe
total de la ayuda concedida a cada entidad local se aplicará al abono de los gastos de personal para el que se concede.
Certificación mensual, por conceptos retributivos, de los haberes correspondientes a la persona titular del puesto
agrupado.
Certificación de la secretaría acreditativa del coste total anual que le suponga a cada una de las entidades locales
agrupadas el mantenimiento del puesto de trabajo agrupado, referido al presente ejercicio (incluidos los costes de
seguridad social y otros que se deriven del desempeño de la plaza).
Certificación de la secretaría acreditativa de las transferencias corrientes finalistas, o cualquier otro ingreso
afectado percibido imputable a los capítulos 1 al 5 del presupuesto de ingresos, con indicación de la finalidad a que se
destinan, organismo que lo realiza y aplicación presupuestaria a la que se imputa.
En el caso de un municipio matriz, respecto de los ingresos que transfieran a sus entidades de ámbito territorial inferior
al municipio, certificación de la secretaría acreditativa de los mismos y que habrán de referirse al presupuesto liquidado
remitido.
Estos ingresos deberán referirse al último presupuesto liquidado remitido a la Dirección General de Administración Local
(2023 o 2022).
Certificación de cada una de las entidades locales acreditativa de no contemplar en sus plantillas de personal
puestos de trabajo de personal técnico de Administración general o técnico de gestión, como personal de la entidad
local.
Certificación de cada una de las entidades locales respecto de otras ayudas o subvenciones solicitadas o
concedidas para la misma finalidad que la que se solicita, procedentes de cualquier administración o ente público,
nacional o internacional. Según modelo anexo III.
Certificaciones de estar al corriente con las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal y Autonómica, así
como con la Seguridad Social (solo en el supuesto de no autorizar expresamente en la solicitud de la subvención a que
el órgano gestor las recabe de oficio).
Jueves 31 de octubre de 2024
56994
(Documentación que se acompaña)
Declaración responsable de cada una de las entidades agrupadas solicitantes que acredite su capacidad para
obtener la condición de entidad beneficiaria al no hallarse incursa en ninguna de las circunstancias relacionadas en el
punto 2 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura. Según modelo anexo II.
Memoria descriptiva de la actividad a la que va a destinarse la ayuda, con indicación del periodo de tiempo en que
el puesto de trabajo para el que se solicita la ayuda va a estar ocupado por personal funcionario nombrado
reglamentariamente, con indicación de la clase de nombramiento efectuado y autoridad que lo ha realizado.
El compromiso de ejecución asumido por cada entidad local integrante de la agrupación, indicando que el importe
total de la ayuda concedida a cada entidad local se aplicará al abono de los gastos de personal para el que se concede.
Certificación mensual, por conceptos retributivos, de los haberes correspondientes a la persona titular del puesto
agrupado.
Certificación de la secretaría acreditativa del coste total anual que le suponga a cada una de las entidades locales
agrupadas el mantenimiento del puesto de trabajo agrupado, referido al presente ejercicio (incluidos los costes de
seguridad social y otros que se deriven del desempeño de la plaza).
Certificación de la secretaría acreditativa de las transferencias corrientes finalistas, o cualquier otro ingreso
afectado percibido imputable a los capítulos 1 al 5 del presupuesto de ingresos, con indicación de la finalidad a que se
destinan, organismo que lo realiza y aplicación presupuestaria a la que se imputa.
En el caso de un municipio matriz, respecto de los ingresos que transfieran a sus entidades de ámbito territorial inferior
al municipio, certificación de la secretaría acreditativa de los mismos y que habrán de referirse al presupuesto liquidado
remitido.
Estos ingresos deberán referirse al último presupuesto liquidado remitido a la Dirección General de Administración Local
(2023 o 2022).
Certificación de cada una de las entidades locales acreditativa de no contemplar en sus plantillas de personal
puestos de trabajo de personal técnico de Administración general o técnico de gestión, como personal de la entidad
local.
Certificación de cada una de las entidades locales respecto de otras ayudas o subvenciones solicitadas o
concedidas para la misma finalidad que la que se solicita, procedentes de cualquier administración o ente público,
nacional o internacional. Según modelo anexo III.
Certificaciones de estar al corriente con las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal y Autonómica, así
como con la Seguridad Social (solo en el supuesto de no autorizar expresamente en la solicitud de la subvención a que
el órgano gestor las recabe de oficio).