Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Relaciones De Puestos De Trabajo. (2024050173)
Orden de 24 de octubre de 2024 por la que se modifican puntualmente las relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y de personal laboral de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural.
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NÚMERO 213
Jueves 31 de octubre de 2024
57117
ORDEN de 24 de octubre de 2024 por la que se modifican puntualmente
las relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y de personal
laboral de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural. (2024050173)
Las relaciones de puestos de trabajo (RPT) constituyen el instrumento técnico normalizado a
través del cual las Administraciones Públicas ordenan, planifican, racionalizan y determinan la
dotación de los recursos humanos de los que disponen para cumplir con la prestación de los
servicios encomendados. Mediante ellas se precisan también los requisitos exigidos para el
desempeño de cada puesto, así como sus características.
El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público establece en su artículo 74 que “las
Administraciones Públicas estructurarán su organización a través de relaciones de puestos de
trabajo u otros instrumentos organizativos similares que comprenderán, al menos, la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los cuerpos o escalas, en su
caso, a que están adscritos, los sistemas de provisión y las retribuciones complementarias.
Dichos instrumentos serán públicos”.
En este mismo sentido, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura
dispone en su artículo 33 que las relaciones de puestos de trabajo son el principal instrumento técnico mediante el cual las Administraciones Públicas ordenan sus puestos de trabajo, de
acuerdo con los criterios de eficacia, eficiencia y racionalidad organizativa, debiéndose realizar a través de dichas relaciones la creación, modificación y supresión de puestos de trabajo.
Mediante la presente relación de puestos de trabajo, se procede a la creación del puesto de
personal funcionario, denominado Jefe/a de Sección de Fondos Europeos, adscrito al Servicio
de Gestión Económica y Presupuestaria, necesario para llevar a cabo la ejecución de los fondos europeos, cuya gestión ha sido asignada a esta Consejería, entre los que se encuentran el
Programa de Desarrollo Rural 2014-2022 (PDR) y del Plan de Recuperación, Transformación,
y Resiliencia, así como, parte del Plan Estratégico de la PAC de España. La ejecución de todos
estos fondos necesita de medios técnicos y humanos suficientes, para garantizar la gestión
eficaz y eficiente, en tiempo y en forma, de los mismos, y obtener el máximo rendimiento, lo
que justifica la creación de este puesto de estructura.
Asimismo, mediante la relación de puestos de trabajo de personal laboral, se procede a la
modificación de determinado puesto, por motivos de eficacia y para un adecuado ejercicio de
las competencias que tiene atribuidas la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural, optimizando, de este modo, los recursos existentes.
Por otra parte, los apartados 1 y 2 del artículo 1 del Decreto 94/1998, de 21 de julio, por el
que se determinan las competencias para la aprobación de las relaciones de puestos de trabajo de la Junta de Extremadura, establecen que el órgano competente para su aprobación es
Jueves 31 de octubre de 2024
57117
ORDEN de 24 de octubre de 2024 por la que se modifican puntualmente
las relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y de personal
laboral de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural. (2024050173)
Las relaciones de puestos de trabajo (RPT) constituyen el instrumento técnico normalizado a
través del cual las Administraciones Públicas ordenan, planifican, racionalizan y determinan la
dotación de los recursos humanos de los que disponen para cumplir con la prestación de los
servicios encomendados. Mediante ellas se precisan también los requisitos exigidos para el
desempeño de cada puesto, así como sus características.
El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público establece en su artículo 74 que “las
Administraciones Públicas estructurarán su organización a través de relaciones de puestos de
trabajo u otros instrumentos organizativos similares que comprenderán, al menos, la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los cuerpos o escalas, en su
caso, a que están adscritos, los sistemas de provisión y las retribuciones complementarias.
Dichos instrumentos serán públicos”.
En este mismo sentido, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura
dispone en su artículo 33 que las relaciones de puestos de trabajo son el principal instrumento técnico mediante el cual las Administraciones Públicas ordenan sus puestos de trabajo, de
acuerdo con los criterios de eficacia, eficiencia y racionalidad organizativa, debiéndose realizar a través de dichas relaciones la creación, modificación y supresión de puestos de trabajo.
Mediante la presente relación de puestos de trabajo, se procede a la creación del puesto de
personal funcionario, denominado Jefe/a de Sección de Fondos Europeos, adscrito al Servicio
de Gestión Económica y Presupuestaria, necesario para llevar a cabo la ejecución de los fondos europeos, cuya gestión ha sido asignada a esta Consejería, entre los que se encuentran el
Programa de Desarrollo Rural 2014-2022 (PDR) y del Plan de Recuperación, Transformación,
y Resiliencia, así como, parte del Plan Estratégico de la PAC de España. La ejecución de todos
estos fondos necesita de medios técnicos y humanos suficientes, para garantizar la gestión
eficaz y eficiente, en tiempo y en forma, de los mismos, y obtener el máximo rendimiento, lo
que justifica la creación de este puesto de estructura.
Asimismo, mediante la relación de puestos de trabajo de personal laboral, se procede a la
modificación de determinado puesto, por motivos de eficacia y para un adecuado ejercicio de
las competencias que tiene atribuidas la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural, optimizando, de este modo, los recursos existentes.
Por otra parte, los apartados 1 y 2 del artículo 1 del Decreto 94/1998, de 21 de julio, por el
que se determinan las competencias para la aprobación de las relaciones de puestos de trabajo de la Junta de Extremadura, establecen que el órgano competente para su aprobación es