Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Agrupaciones De Entidades Locales. Ayudas. (2024063673)
Extracto de la Resolución de 11 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas destinadas al fomento de agrupaciones de entidades locales para el sostenimiento en común de un único puesto de secretaría-intervención durante el ejercicio 2024.
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 213

57005

Jueves 31 de octubre de 2024

corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Autonómica,
del Estado y la Seguridad Social, antes de dictarse la propuesta de resolución de concesión
de la subvención y con carácter previo al pago.
Cuarto. Bases reguladoras.
Decreto 50/2017, de 18 de abril, por el que se regulan las ayudas para el fomento de las
agrupaciones de entidades locales para el sostenimiento en común del puesto de secretaría e
intervención, publicado en el DOE n.º 78, de 25 de abril.
Quinto. Cuantía.
El crédito para atender estas ayudas asciende a ciento cincuenta mil euros (150.000 euros), financiándose con cargo a la aplicación presupuestaria 220060000 G/115B/46000
CAG0000001 20040163 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2024.
El importe de las ayudas que se concedan a las entidades locales agrupadas no podrá exceder del 75 por ciento del coste total que le suponga el mantenimiento del puesto de trabajo
agrupado.
Estas ayudas serán compatibles con cualesquiera otras que pudieran obtenerse para el mismo
fin, siempre que la suma de todas ellas no supere el importe del coste total del puesto de
trabajo agrupado objeto de la subvención.
El importe de las ayudas a conceder por la Junta de Extremadura a cada entidad local, en
virtud del prorrateo anterior, representa el 50 % del importe total a financiar y a conceder en
virtud del convenio de colaboración suscrito con las Diputaciones provinciales. El 50 % restante será financiado y concedido por la Diputación provincial, con cargo a su presupuesto, en
cuya provincia radique la entidad local beneficiaria.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes se presentarán en el plazo de 15 días hábiles a partir del día siguiente al de la
publicación de la resolución y del presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 11 de octubre de 2024.
El Secretario General,
DAVID GONZÁLEZ GIL