Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Sector Equino. Subvenciones. (2024040213)
Decreto 126/2024, de 8 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la cría, selección y doma de caballos de silla dirigidas a profesionales en ganadería de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se convocan ayudas para el ejercicio 2024.
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NÚMERO 213
56948
Jueves 31 de octubre de 2024
Posición
Número de
obtenida en participantes
la clasifica- inscritos en
ción
la prueba
Número de
Número de
participantes
Punparticipantes
inscritos en la tuación inscritos en la
prueba
prueba
Puntuación
Puntuación
Entre los cinco primeros
Menor o igual
a cinco
0,5 puntos
Entre cinco y
ocho, inclusive
0,6
puntos
Más de ocho
0,8 puntos
Entre los diez
primeros
Menor o igual
a diez
0,2 puntos
Entre once y
quince, inclusive
0,3
puntos
Más de quince
0,4 puntos
Aquellas pruebas en las que exista un número menor de participantes por categoría no
serán computables en los criterios de valoración.
v) La puntuación obtenida será calculada sumando la valoración de cada uno de los concursos individualmente, del siguiente modo:
Puntos obtenidos en los apartados a), b), c), d) ó e), dependiendo de la línea de ayuda
solicitada, multiplicados por el ámbito de la competición (territorial, nacional o internacional).
Ámbito Territorial
Ámbito Nacional
Ámbito Internacional
X1
X2
X3
vi) La puntuación mínima obtenida tras la suma de los apartados 2.1. y 2.2. para resultar
beneficiaria deberá ser de 2 puntos.
3. E
n el caso de que más de una beneficiaria obtuviera la misma puntuación en la línea de
ayuda solicitada, se llevará a cabo el desempate según los siguientes criterios en el correspondiente orden:
3.1. Inscripción del caballo o yegua en el libro genealógico de la raza.
3.2. Puntuación obtenida en el criterio 2.2.
3.3. M
ayor dificultad de las pruebas aportadas en la clasificación, teniendo en cuenta lo
previsto en los respectivos reglamentos de la Real Federación de Hípica Española para
cada disciplina.
3.4. Caballos o yeguas de mayor edad frente a los de menor edad.
3.5. Número de concursos en los que ha participado (apartado 2.1. de este artículo).
56948
Jueves 31 de octubre de 2024
Posición
Número de
obtenida en participantes
la clasifica- inscritos en
ción
la prueba
Número de
Número de
participantes
Punparticipantes
inscritos en la tuación inscritos en la
prueba
prueba
Puntuación
Puntuación
Entre los cinco primeros
Menor o igual
a cinco
0,5 puntos
Entre cinco y
ocho, inclusive
0,6
puntos
Más de ocho
0,8 puntos
Entre los diez
primeros
Menor o igual
a diez
0,2 puntos
Entre once y
quince, inclusive
0,3
puntos
Más de quince
0,4 puntos
Aquellas pruebas en las que exista un número menor de participantes por categoría no
serán computables en los criterios de valoración.
v) La puntuación obtenida será calculada sumando la valoración de cada uno de los concursos individualmente, del siguiente modo:
Puntos obtenidos en los apartados a), b), c), d) ó e), dependiendo de la línea de ayuda
solicitada, multiplicados por el ámbito de la competición (territorial, nacional o internacional).
Ámbito Territorial
Ámbito Nacional
Ámbito Internacional
X1
X2
X3
vi) La puntuación mínima obtenida tras la suma de los apartados 2.1. y 2.2. para resultar
beneficiaria deberá ser de 2 puntos.
3. E
n el caso de que más de una beneficiaria obtuviera la misma puntuación en la línea de
ayuda solicitada, se llevará a cabo el desempate según los siguientes criterios en el correspondiente orden:
3.1. Inscripción del caballo o yegua en el libro genealógico de la raza.
3.2. Puntuación obtenida en el criterio 2.2.
3.3. M
ayor dificultad de las pruebas aportadas en la clasificación, teniendo en cuenta lo
previsto en los respectivos reglamentos de la Real Federación de Hípica Española para
cada disciplina.
3.4. Caballos o yeguas de mayor edad frente a los de menor edad.
3.5. Número de concursos en los que ha participado (apartado 2.1. de este artículo).