Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Ceses. Nombramientos. (2024063625)
Resolución de 21 de octubre de 2024, de la Consejera, por la que se procede al nombramiento de los miembros del Consejo Asesor de Enfermedades Raras del Sistema Sanitario Público de Extremadura y actualización de su composición.
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NÚMERO 212
Miércoles 30 de octubre de 2024

II

56479

AUTORIDADES Y PERSONAL
1. N
 OMBRAMIENTOS, SITUACIONES E INCIDENCIAS

CONSEJERÍA DE SALUD Y SERVICIOS SOCIALES
RESOLUCIÓN de 21 de octubre de 2024, de la Consejera, por la que se procede
al nombramiento de los miembros del Consejo Asesor de Enfermedades
Raras del Sistema Sanitario Público de Extremadura y actualización de su
composición. (2024063625)
ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero. Mediante Decreto 110/2024, de 3 de septiembre, por el que se modifica el Decreto
171/2009, de 24 de julio, por el que se crea el Consejo Asesor sobre Enfermedades Raras del
Sistema Sanitario Público de Extremadura, publicado en el DOE n.º 175, de 9 de septiembre
de 2024, se ha dado nueva redacción a los artículos 1 y 3 del citado Decreto 171/2009, de
24 de julio, al objeto de adecuar este órgano asesor a los cambios organizativos producidos
en la Consejería competente en materia de salud, lo que conlleva su nueva adscripción a la
Dirección General competente en materia de planificación sanitaria de la actual Consejería de
Salud y Servicios Sociales, afectando este hecho a su composición.
Segundo. Con fecha 17 de octubre de 2024, la Directora General de Planificación, Formación
y Calidad Sanitaria y Sociosanitaria, emite propuesta de nombramiento de los miembros del
Consejo Asesor de Enfermedades Raras del Sistema Sanitario Público de Extremadura, actualizando su composición.
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Primero. De conformidad con el artículo 3 del Decreto 171/2009, de 24 de julio, por el que
se crea el Consejo Asesor sobre Enfermedades Raras del Sistema Sanitario Público de Extremadura, tras la modificación operada por el Decreto 110/2024, de 3 de septiembre, su
composición será la siguiente:
“…1. 
El Consejo Asesor sobre Enfermedades Raras estará compuesto por los siguientes
miembros:
a) Presidencia: La persona titular de la Dirección General competente en materia de planificación sanitaria de la Consejería competente en materia de salud, o persona en quien
delegue.