Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Transportes. Subvenciones. (2024063656)
Modificación del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la modificación del gasto por aumento del crédito previsto en la Resolución de la Secretaría General de 8 de agosto de 2023, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión directa de subvenciones destinadas a la transformación de flotas de transporte de viajeros y mercancías de empresas privadas prestadoras de servicios de transporte por carretera, así como de empresas que realicen transporte privado complementario, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 212
56884
Miércoles 30 de octubre de 2024
“1. Los créditos presupuestarios que servirán para atender la disposición de gastos y el reconocimiento de obligaciones que se generen en la presente convocatoria como consecuencia de la concesión de las subvenciones, serán los consignados, con cargo a los fondos de
la Comunidad Autónoma, para el proyecto de gasto 20210489 y fondo MR01C01I01, con
imputación a la aplicación presupuestaria G/353C/77000, en la cuantía total máxima de
6.163.042,44 euros, que resulta de la siguiente distribución de anualidades:
Ejercicio 2023. 1.848.912,73 euros (resolución de solicitudes presentadas desde la eficacia de la convocatoria hasta el día 30 de noviembre de 2023, incluido).
Ejercicio 2024. 4.314.129,71 euros (resolución de solicitudes presentadas desde el día
1 de diciembre de 2023 hasta el día 30 de abril de 2024, a.i)..
2. Considerando los criterios establecidos en el apartado 4 del artículo 7 del Real Decreto
983/2021, el crédito de la convocatoria (6.163.042,44 euros) queda distribuido de la siguiente forma entre las actuaciones subvencionables:
Actividad 1: Achatarramiento .......................................................... 2.773.360,00 euros.
Actividad 2: Adquisición de vehículos de energías alternativas bajas en carbono ....
3.081.530,44 euros.
Actividad 3: “Retrofit” o modificación de la forma de propulsión de vehículos ..............
20.000,00 euros.
Actividad
4:
Implantación
de
infraestructura
de
recarga
de
vehículos
eléctri-
cos...........287.152,00 euros.
Actividad 5: Adquisición de semirremolques para autopistas ferroviarias....... 1.000,00
euros.
3. Las cuantías individualizadas de la ayuda, respecto de cada una de las actuaciones subvencionables, se ajustará a lo previsto en el anexo I del Real Decreto 983/2021”.
Avanzado el ejercicio contable, es necesario efectuar un análisis del estado de los créditos
disponibles con el fin de dotar de mayores recursos económicos la convocatoria aprobada
en 2023, cuya eficacia actualmente se extiende a la tramitación de las solicitudes de ayudas
presentadas con anterioridad al día 30 de abril de 2024, fecha en la que finaliza el plazo de
vigencia del programa de ayudas iniciado con la publicación del Real Decreto 983/2021, de 16
de noviembre, y a partir de la cual no serán admitidas más solicitudes.
56884
Miércoles 30 de octubre de 2024
“1. Los créditos presupuestarios que servirán para atender la disposición de gastos y el reconocimiento de obligaciones que se generen en la presente convocatoria como consecuencia de la concesión de las subvenciones, serán los consignados, con cargo a los fondos de
la Comunidad Autónoma, para el proyecto de gasto 20210489 y fondo MR01C01I01, con
imputación a la aplicación presupuestaria G/353C/77000, en la cuantía total máxima de
6.163.042,44 euros, que resulta de la siguiente distribución de anualidades:
Ejercicio 2023. 1.848.912,73 euros (resolución de solicitudes presentadas desde la eficacia de la convocatoria hasta el día 30 de noviembre de 2023, incluido).
Ejercicio 2024. 4.314.129,71 euros (resolución de solicitudes presentadas desde el día
1 de diciembre de 2023 hasta el día 30 de abril de 2024, a.i)..
2. Considerando los criterios establecidos en el apartado 4 del artículo 7 del Real Decreto
983/2021, el crédito de la convocatoria (6.163.042,44 euros) queda distribuido de la siguiente forma entre las actuaciones subvencionables:
Actividad 1: Achatarramiento .......................................................... 2.773.360,00 euros.
Actividad 2: Adquisición de vehículos de energías alternativas bajas en carbono ....
3.081.530,44 euros.
Actividad 3: “Retrofit” o modificación de la forma de propulsión de vehículos ..............
20.000,00 euros.
Actividad
4:
Implantación
de
infraestructura
de
recarga
de
vehículos
eléctri-
cos...........287.152,00 euros.
Actividad 5: Adquisición de semirremolques para autopistas ferroviarias....... 1.000,00
euros.
3. Las cuantías individualizadas de la ayuda, respecto de cada una de las actuaciones subvencionables, se ajustará a lo previsto en el anexo I del Real Decreto 983/2021”.
Avanzado el ejercicio contable, es necesario efectuar un análisis del estado de los créditos
disponibles con el fin de dotar de mayores recursos económicos la convocatoria aprobada
en 2023, cuya eficacia actualmente se extiende a la tramitación de las solicitudes de ayudas
presentadas con anterioridad al día 30 de abril de 2024, fecha en la que finaliza el plazo de
vigencia del programa de ayudas iniciado con la publicación del Real Decreto 983/2021, de 16
de noviembre, y a partir de la cual no serán admitidas más solicitudes.