Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Transformación Digital. Subvenciones. (2024063618)
Resolución de 3 de octubre de 2024, de la Secretaría General de Transformación Digital y Ciberseguridad, de concesión directa de una subvención a la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Badajoz para financiar el desarrollo del Plan de Generación de Talento Digital en la anualidad 2024.
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NÚMERO 211
Martes 29 de octubre de 2024
56338
La entidad beneficiaria no está incursa en ninguna de las causas de prohibición contenidas
en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo. La justificación de estos extremos se ha
realizado mediante declaración responsable del representante legal de la Cámara Oficial de
Comercio, Industria y Servicios de Badajoz. Sin perjuicio de que la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social pueda hacerse de oficio por
el órgano concedente.
Tercero. Procedimiento de concesión.
La subvención será otorgada por el procedimiento de concesión directa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 32.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, en relación con el artículo 22.4.c)
del mismo texto legal, habiéndose iniciado el procedimiento de concesión mediante solicitud
presentada por la entidad beneficiaria el día 28 de junio de 2024.
Cuarto. Razones justificativas de la concesión directa.
El párrafo c) del apartado cuarto del artículo 22 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura establece la posibilidad de conceder,
de forma directa y con carácter excepcional, entre otras, aquellas subvenciones en las que
concurran razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente
justificadas que dificulten su convocatoria pública.
Las actuaciones objeto de la presente subvención se incluyen dentro del “Plan de Generación
de Talento Digital” y tienen como finalidad la impartición de 312 acciones formativas a través
de una serie de cursos de especialización en capacitación digital avanzada que redunden en
una mayor especialización en materia de economía digital. Se impartirán de este modo cursos
de re-skilling y up-skilling y de formación modalidad in-company dirigidos a trabajadores con
necesidad de recualificación y egresados en estudios relacionados con materias de baja empleabilidad y escasa demanda laboral.
El carácter eminentemente rural de Extremadura, la dispersión geográfica de la misma, la
despoblación y el declive demográfico, hacen aconsejable tener en cuenta la dimensión rural
a la hora de implementar cualquier medida de política pública.
El ámbito territorial de actuación de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios
de Badajoz se circunscribe a toda la provincia y le hace especialmente idónea para llevar a
cabo las actuaciones objeto de esta subvención, teniendo en cuenta que la Extremadura rural ocupa un extenso territorio que engloba casi al 90% de la región y supone el 50% de la
población. Actualmente la Cámara cuenta con múltiples puntos de atención: Una Sede central, 13 delegaciones camerales que prestan servicios de proximidad al tejido empresarial, 5
viveros de Empresas y 1 Centro de Conocimiento y Competitividad, ubicado en el edificio de
Martes 29 de octubre de 2024
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La entidad beneficiaria no está incursa en ninguna de las causas de prohibición contenidas
en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo. La justificación de estos extremos se ha
realizado mediante declaración responsable del representante legal de la Cámara Oficial de
Comercio, Industria y Servicios de Badajoz. Sin perjuicio de que la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social pueda hacerse de oficio por
el órgano concedente.
Tercero. Procedimiento de concesión.
La subvención será otorgada por el procedimiento de concesión directa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 32.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, en relación con el artículo 22.4.c)
del mismo texto legal, habiéndose iniciado el procedimiento de concesión mediante solicitud
presentada por la entidad beneficiaria el día 28 de junio de 2024.
Cuarto. Razones justificativas de la concesión directa.
El párrafo c) del apartado cuarto del artículo 22 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura establece la posibilidad de conceder,
de forma directa y con carácter excepcional, entre otras, aquellas subvenciones en las que
concurran razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente
justificadas que dificulten su convocatoria pública.
Las actuaciones objeto de la presente subvención se incluyen dentro del “Plan de Generación
de Talento Digital” y tienen como finalidad la impartición de 312 acciones formativas a través
de una serie de cursos de especialización en capacitación digital avanzada que redunden en
una mayor especialización en materia de economía digital. Se impartirán de este modo cursos
de re-skilling y up-skilling y de formación modalidad in-company dirigidos a trabajadores con
necesidad de recualificación y egresados en estudios relacionados con materias de baja empleabilidad y escasa demanda laboral.
El carácter eminentemente rural de Extremadura, la dispersión geográfica de la misma, la
despoblación y el declive demográfico, hacen aconsejable tener en cuenta la dimensión rural
a la hora de implementar cualquier medida de política pública.
El ámbito territorial de actuación de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios
de Badajoz se circunscribe a toda la provincia y le hace especialmente idónea para llevar a
cabo las actuaciones objeto de esta subvención, teniendo en cuenta que la Extremadura rural ocupa un extenso territorio que engloba casi al 90% de la región y supone el 50% de la
población. Actualmente la Cámara cuenta con múltiples puntos de atención: Una Sede central, 13 delegaciones camerales que prestan servicios de proximidad al tejido empresarial, 5
viveros de Empresas y 1 Centro de Conocimiento y Competitividad, ubicado en el edificio de