Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024063600)
Resolución de 20 de octubre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de planta de almacenamiento y transferencia de residuos inertes y no peligrosos promovido por Bosque Urbano, SL, en el término municipal de Malpartida de Plasencia.
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NÚMERO 211
56266
Martes 29 de octubre de 2024
2. E
l tratamiento de los residuos indicados en el punto anterior deberá realizarse mediante
las operaciones de valorización R12, relativa a, “Intercambio de residuos para someterlos
a cualquiera de las operaciones enumeradas entre R1 y R11”, más concretamente la valorización R1201 “Clasificación de residuos” y R1203 “Tratamiento mecánico (trituración,
fragmentación, corte, compactación, etc)”.; y R13 relativa a “Almacenamiento de residuos
en espera de cualquiera de las operaciones enumeradas de R1 a R12 (excluido el almacenamiento temporal, en espera de recogida, en el lugar donde se produjo el residuo), y
más concretamente en R1302 “Almacenamiento de residuos, en el ámbito de tratamiento”;
del anexo II de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una
economía circular.
En concreto el tratamiento que se realiza en esta planta consiste en una separación y
clasificación de los residuos mezclados según naturaleza de los mismos y la trituración de
residuos plásticos y de silvicultura.
3. N
o se autorizan operaciones de gestión de los residuos distintas a las indicadas en el apartado anterior.
4. E
l almacenamiento de los residuos se realizará en una nave de 490 m2, un porche cubierto
de 104 m2 y en unas soleras de hormigón de 180 y 830 m2. Las superficies se distribuyen
según la tabla siguiente:
ZONA
Superficie de
almacenamiento
capacidad máxima de
almacenamiento
Almacenamiento de residuos de plástico
(excepto embalajes)
20 m2
50 m3
Almacenamiento de residuos de silvicultura
101 m2
250 m3
Almacenamiento de tierras y piedras
40 m2
100 m3
Almacenamiento de plástico
80 m2
200 m3
5. D
eberá aplicarse un procedimiento de admisión de residuos antes de su recogida. Este
procedimiento deberá permitir, al titular de la instalación, asegurarse de que los residuos
recogidos para su almacenamiento y gestión coinciden con los indicados en a.1 y llevar un
registro de los residuos recogidos y almacenados, con el contenido indicado en el capítulo
-h-.
El procedimiento de admisión de residuos deberá contemplar, al menos:
a) Identificar origen, productor y titular del residuo.
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Martes 29 de octubre de 2024
2. E
l tratamiento de los residuos indicados en el punto anterior deberá realizarse mediante
las operaciones de valorización R12, relativa a, “Intercambio de residuos para someterlos
a cualquiera de las operaciones enumeradas entre R1 y R11”, más concretamente la valorización R1201 “Clasificación de residuos” y R1203 “Tratamiento mecánico (trituración,
fragmentación, corte, compactación, etc)”.; y R13 relativa a “Almacenamiento de residuos
en espera de cualquiera de las operaciones enumeradas de R1 a R12 (excluido el almacenamiento temporal, en espera de recogida, en el lugar donde se produjo el residuo), y
más concretamente en R1302 “Almacenamiento de residuos, en el ámbito de tratamiento”;
del anexo II de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una
economía circular.
En concreto el tratamiento que se realiza en esta planta consiste en una separación y
clasificación de los residuos mezclados según naturaleza de los mismos y la trituración de
residuos plásticos y de silvicultura.
3. N
o se autorizan operaciones de gestión de los residuos distintas a las indicadas en el apartado anterior.
4. E
l almacenamiento de los residuos se realizará en una nave de 490 m2, un porche cubierto
de 104 m2 y en unas soleras de hormigón de 180 y 830 m2. Las superficies se distribuyen
según la tabla siguiente:
ZONA
Superficie de
almacenamiento
capacidad máxima de
almacenamiento
Almacenamiento de residuos de plástico
(excepto embalajes)
20 m2
50 m3
Almacenamiento de residuos de silvicultura
101 m2
250 m3
Almacenamiento de tierras y piedras
40 m2
100 m3
Almacenamiento de plástico
80 m2
200 m3
5. D
eberá aplicarse un procedimiento de admisión de residuos antes de su recogida. Este
procedimiento deberá permitir, al titular de la instalación, asegurarse de que los residuos
recogidos para su almacenamiento y gestión coinciden con los indicados en a.1 y llevar un
registro de los residuos recogidos y almacenados, con el contenido indicado en el capítulo
-h-.
El procedimiento de admisión de residuos deberá contemplar, al menos:
a) Identificar origen, productor y titular del residuo.