Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024063599)
Resolución de 19 de octubre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de construcción de una casa rural aislada, cuyo promotor es Manuel Sánchez Rivero, en el término municipal de Alburquerque. Expte.: IA24/0156.
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NÚMERO 211
Martes 29 de octubre de 2024

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— Los residuos de construcción y demolición (RCD) que se generen durante la ejecución
del proyecto, se deberán separar adecuadamente y entregar a una planta de reciclaje autorizada para su tratamiento, cumpliendo en todo caso lo establecido en el Real
Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los
residuos de construcción y demolición, y en el Decreto 20/2011, de 25 de febrero, por el
que se establece el régimen jurídico de la producción, posesión y gestión de los residuos
de construcción y demolición en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
c. Medidas en fase de explotación.
— Residuos. Los residuos generados en el desarrollo de la actividad deberán ser gestionados conforme a lo establecido en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos
contaminados para una economía circular.
— Gestión de aguas residuales. Según la documentación aportada por el promotor, la red
de saneamiento estará formada por una fosa séptica de filtro biológico. Para realizar el
vertido directo o indirecto de aguas y productos residuales susceptibles de contaminar
las aguas continentales o cualquier otro elemento del dominio público hidráulico, deberá obtenerse la previa autorización de la Confederación Hidrográfica del Guadiana. En
caso de que se opte por una fosa séptica estanca, el depósito para almacenamiento de
aguas residuales debe ubicarse a más de 40 metros de pozos y de 25 metros de cauces
o lechos de Dominio Público Hidráulico; se debe garantizar la completa estanqueidad del
referido depósito, de forma que no tenga salida al exterior y solo exista una entrada del
efluente y una boca superior por la que el gestor autorizado retire periódicamente las
aguas residuales almacenadas en su interior; en la parte superior del depósito se debe
instalar una tubería de ventilación al objeto de facilitar la salida de gases procedentes
de la fermentación anaerobia y el depósito debe ser vaciado por un gestor de residuos
debidamente autorizado de conformidad con la Ley 7/2022.
— La iluminación exterior se dirigirá hacia abajo y se procurará utilizar bombillas de bajo
consumo, con objeto de minimizar la posible contaminación lumínica derivada y las
molestias a la fauna silvestre del entorno. Evitar la contaminación lumínica nocturna
por farolas o focos. Usar preferentemente iluminación en puntos bajos apantallados o
cualquier otra fórmula que garantice la discreción paisajística nocturna.
d. Medidas de integración paisajística.
— Se integrará paisajísticamente cualquier edificación, construcción y/o instalación proyectada (colores naturales, evitar materiales reflectantes como galvanizados en depósitos, cubiertas, etc)., justificando su adecuación a las características naturales y culturales del paisaje, respetándose el campo visual y la armonía del conjunto.