Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Cultura. Ayudas. (2024040223)
Decreto 133/2024, de 22 de octubre, por el que se modifica el Decreto 72/2023, de 5 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas públicas para el apoyo a aceleradoras culturales, al amparo de los fondos de Next Generation EU y el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia del Reglamento (UE) 2021/241, y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 211
Martes 29 de octubre de 2024

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Dos. Se modifica el artículo 6, que queda redactado como sigue:
“Las ayudas reguladas en el presente decreto están financiadas por el Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea, establecido por el Reglamento (UE)
2020/2094, del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, y regulado según Reglamento
(UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021. Dicha
financiación queda legalmente vinculada a la realización de las actuaciones subvencionadas, medidas integradas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de
España, y se imputarán con cargo a los créditos autorizados en los proyectos de gasto
destinados a tal fin, previstos en las Leyes de Presupuestos Generales de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, Programa 273B “Teatro, Música y Cine”, Código de proyecto de gasto 20220225 denominado “Apoyo a aceleradoras culturales”, siendo el código
fondo MR09C24I01”.
Tres. Se modifica el artículo 8, que queda redactado como sigue:
“Los proyectos que sean objeto de ayuda deberán ejecutarse entre el 1 de enero de
2022 y el 30 de junio de 2026, teniendo en cuenta que los gastos subvencionables
serán exclusivamente los comprendidos entre estas fechas, considerándose gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del período
de justificación”.
Cuatro. Se modifica la letra a) del apartado 1 de la disposición adicional única, que queda
redactada como sigue:


“a) Aprobar la convocatoria de ayudas para el apoyo a proyectos de aceleración culturales según el Componente 24, “Revalorización de la industria cultural”, I1 “Competitividad y Profesionalización de las ICC”, en el proyecto C.24.I1.P1.2. “Apoyo
a aceleradoras culturales”, código fondo MR09C24I01, del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia de España, aprobado mediante Acuerdo del Consejo
de Ministros de 27 de abril de 2021”.

Cinco. Se modifica el apartado 9 de la disposición adicional única, que queda redactado de
la siguiente manera:
“Los proyectos que sean objeto de ayuda deberán desarrollarse entre el 1 de enero
de 2022 y el 30 de junio de 2026, teniendo en cuenta que los gastos subvencionables
serán exclusivamente los comprendidos entre estas fechas, considerándose gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del período
de justificación”.