Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063631)
Resolución de 23 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional y la Fundación FUNDECYT-Parque Científico y Tecnológico de Extremadura, por el que se formaliza una transferencia específica plurianual para el programa de puesta en marcha y funcionamiento de la Red de Incubadoras Tecnológicas de Extremadura, financiada con fondos del Programa FEDER Extremadura 2021-2027.
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NÚMERO 210
Lunes 28 de octubre de 2024
55721
E.2. proporcionarán una declaración que destaque la ayuda de la Unión de manera visible
en documentos y materiales de comunicación relacionados con la ejecución de la operación, destinados al público o a los participantes;
E.3. exhibirán placas o vallas publicitarias resistentes en un lugar bien visible para el público, en las que figure el emblema de la Unión, de conformidad con las características técnicas que figuran en el Anexo IX, tan pronto como comience la ejecución física de operaciones que impliquen inversiones físicas o se instalen los equipos que se hayan adquirido,
con respecto a operaciones que reciban ayuda del FEDER cuyo coste total sea superior a
500 000 EUR;
E.4. para las operaciones que no se incluyan en el apartado anterior, exhibirán en un lugar
bien visible para el público al menos un cartel de tamaño mínimo A3 o una pantalla electrónica equivalente con información sobre la operación donde se destaque la ayuda de los
Fondos.
E.5. para las operaciones de importancia estratégica organizarán una actividad o acto de
comunicación, según convenga, y harán participar a la Comisión y a la autoridad de gestión responsable en su momento oportuno.
F) A
demás se deberán cumplir con las obligaciones recogidas en el Anexo IX del Reglamento
(UE) 2021/1060 sobre el uso y las características técnicas del emblema de la Unión (en
adelante emblema):
F1. El emblema figurará de manera destacada en todos los materiales de comunicación,
como productos impresos o digitales, sitios web y sus versiones móviles, relativas a la
aplicación de una operación y destinados al público o los participantes.
F2. La declaración “Financiado por la Unión Europea” o “Cofinanciado por la Unión Europea” se escribirá sin abreviar y junto al emblema.
F.3. El tipo de letra que debe utilizarse junto con el emblema puede ser cualquiera de los
siguientes tipos de caracteres: Arial, Auto, Calibri, Garamond, Trebuchet, Tahoma, Verdana o Ubuntu. No se autoriza el uso de la cursiva, el subrayado ni otros efectos de resalte.
F.4. La ubicación del texto en relación con el emblema no debe interferir con el emblema
en modo alguno.
F.5. El tamaPROGORo de los caracteres utilizados deberá ser proporcional al tamaño del
emblema.
Lunes 28 de octubre de 2024
55721
E.2. proporcionarán una declaración que destaque la ayuda de la Unión de manera visible
en documentos y materiales de comunicación relacionados con la ejecución de la operación, destinados al público o a los participantes;
E.3. exhibirán placas o vallas publicitarias resistentes en un lugar bien visible para el público, en las que figure el emblema de la Unión, de conformidad con las características técnicas que figuran en el Anexo IX, tan pronto como comience la ejecución física de operaciones que impliquen inversiones físicas o se instalen los equipos que se hayan adquirido,
con respecto a operaciones que reciban ayuda del FEDER cuyo coste total sea superior a
500 000 EUR;
E.4. para las operaciones que no se incluyan en el apartado anterior, exhibirán en un lugar
bien visible para el público al menos un cartel de tamaño mínimo A3 o una pantalla electrónica equivalente con información sobre la operación donde se destaque la ayuda de los
Fondos.
E.5. para las operaciones de importancia estratégica organizarán una actividad o acto de
comunicación, según convenga, y harán participar a la Comisión y a la autoridad de gestión responsable en su momento oportuno.
F) A
demás se deberán cumplir con las obligaciones recogidas en el Anexo IX del Reglamento
(UE) 2021/1060 sobre el uso y las características técnicas del emblema de la Unión (en
adelante emblema):
F1. El emblema figurará de manera destacada en todos los materiales de comunicación,
como productos impresos o digitales, sitios web y sus versiones móviles, relativas a la
aplicación de una operación y destinados al público o los participantes.
F2. La declaración “Financiado por la Unión Europea” o “Cofinanciado por la Unión Europea” se escribirá sin abreviar y junto al emblema.
F.3. El tipo de letra que debe utilizarse junto con el emblema puede ser cualquiera de los
siguientes tipos de caracteres: Arial, Auto, Calibri, Garamond, Trebuchet, Tahoma, Verdana o Ubuntu. No se autoriza el uso de la cursiva, el subrayado ni otros efectos de resalte.
F.4. La ubicación del texto en relación con el emblema no debe interferir con el emblema
en modo alguno.
F.5. El tamaPROGORo de los caracteres utilizados deberá ser proporcional al tamaño del
emblema.