Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063631)
Resolución de 23 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional y la Fundación FUNDECYT-Parque Científico y Tecnológico de Extremadura, por el que se formaliza una transferencia específica plurianual para el programa de puesta en marcha y funcionamiento de la Red de Incubadoras Tecnológicas de Extremadura, financiada con fondos del Programa FEDER Extremadura 2021-2027.
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NÚMERO 210
55699
Lunes 28 de octubre de 2024
ANEXO II
INSTRUCCIONES DE JUSTIFICACIÓN
Los gastos derivados de esta transferencia deberán estar referidos al período comprendido
entre el 1 de enero de 2024 y hasta el 31 de diciembre de 2027, ambos incluidos, y su abono
debe haberse realizado conforme a los periodos que se establecen en el apartado de costes
elegibles de la cláusula tercera.
Sobre la base de lo anteriormente expuesto y con el objeto de proporcionar una mayor evidencia, facilitar el seguimiento y verificación de la cuenta justificativa, análisis y auditoría
por la Administración Regional; se establecen las presentes instrucciones serán de obligado
cumplimiento para la entidad. Estas instrucciones constituyen las pautas que, con precisión y
sistematización, deberá seguir la Fundación pública en cuanto a sus obligaciones de ejecución
y presentación de: la cuenta justificativa; la memoria de actividades; la justificación sobre
eventos o congresos; los recursos humanos y materiales; así como el cumplimiento de los
requisitos de identificación, información y publicidad, tanto de la Junta de Extremadura como
de la Comisión Europea.
FUNDECYT-PCTEX deberá conservar los expedientes y los justificantes de gastos y pagos conforme se establece en las presentes instrucciones, que estarán a disposición de la Consejería
de Educación, Ciencia y Formación Profesional, de los órganos de fiscalización y control financiero y de los órganos de control de la Unión Europea durante un plazo de cinco años a partir
del 31 de diciembre siguiente a la presentación de las cuentas en las que estén incluidos los
gastos de la operación, en los términos del artículo 82 del Reglamento (UE) n.º 2021/1060
DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 24 de junio de 2021, en tanto puedan ser
objeto de actuaciones de comprobación y control.
Además de todo lo anterior y de conformidad con el artículo 73 del citado Reglamento (UE)
n.º 2021/1060, de 24 de junio, FUNDECYT-PCTEX. reconoce y acepta, el cumplimiento de los
requisitos específicos indicados en el Anexo III (D.A.C.I). del mismo, al estar sujetas a cofinanciación por parte de la Unión Europea.
Toda la documentación original justificativa (facturas, nóminas, TC de la Seguridad Social,
acreditaciones de pago y demás documentación que resulte exigible de conformidad con la
normativa aplicable) de los gastos y pagos realizados deberá ser recabada y se deberá indicar
el porcentaje de imputación del gasto al proyecto subvencionado y la financiación mediante
Fondos FEDER. En caso de imputación parcial, la misma deberá estar fijada previamente a la
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Lunes 28 de octubre de 2024
ANEXO II
INSTRUCCIONES DE JUSTIFICACIÓN
Los gastos derivados de esta transferencia deberán estar referidos al período comprendido
entre el 1 de enero de 2024 y hasta el 31 de diciembre de 2027, ambos incluidos, y su abono
debe haberse realizado conforme a los periodos que se establecen en el apartado de costes
elegibles de la cláusula tercera.
Sobre la base de lo anteriormente expuesto y con el objeto de proporcionar una mayor evidencia, facilitar el seguimiento y verificación de la cuenta justificativa, análisis y auditoría
por la Administración Regional; se establecen las presentes instrucciones serán de obligado
cumplimiento para la entidad. Estas instrucciones constituyen las pautas que, con precisión y
sistematización, deberá seguir la Fundación pública en cuanto a sus obligaciones de ejecución
y presentación de: la cuenta justificativa; la memoria de actividades; la justificación sobre
eventos o congresos; los recursos humanos y materiales; así como el cumplimiento de los
requisitos de identificación, información y publicidad, tanto de la Junta de Extremadura como
de la Comisión Europea.
FUNDECYT-PCTEX deberá conservar los expedientes y los justificantes de gastos y pagos conforme se establece en las presentes instrucciones, que estarán a disposición de la Consejería
de Educación, Ciencia y Formación Profesional, de los órganos de fiscalización y control financiero y de los órganos de control de la Unión Europea durante un plazo de cinco años a partir
del 31 de diciembre siguiente a la presentación de las cuentas en las que estén incluidos los
gastos de la operación, en los términos del artículo 82 del Reglamento (UE) n.º 2021/1060
DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 24 de junio de 2021, en tanto puedan ser
objeto de actuaciones de comprobación y control.
Además de todo lo anterior y de conformidad con el artículo 73 del citado Reglamento (UE)
n.º 2021/1060, de 24 de junio, FUNDECYT-PCTEX. reconoce y acepta, el cumplimiento de los
requisitos específicos indicados en el Anexo III (D.A.C.I). del mismo, al estar sujetas a cofinanciación por parte de la Unión Europea.
Toda la documentación original justificativa (facturas, nóminas, TC de la Seguridad Social,
acreditaciones de pago y demás documentación que resulte exigible de conformidad con la
normativa aplicable) de los gastos y pagos realizados deberá ser recabada y se deberá indicar
el porcentaje de imputación del gasto al proyecto subvencionado y la financiación mediante
Fondos FEDER. En caso de imputación parcial, la misma deberá estar fijada previamente a la