Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063632)
Resolución de 23 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y la Fundación Computación y Tecnologías Avanzadas de Extremadura (COMPUTAEX) por el que se formaliza una transferencia específica de carácter plurianual para financiar el proyecto "5041 Computaex: Centro Demostrador de Gemelos Digitales", en los ejercicios 2024 y 2025 en el marco del Plan de Recuperación, Trasformación y Resiliencia- financiado por la Unión Europea- Next Generation Eu.
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NÚMERO 210
Lunes 28 de octubre de 2024
55788
Segundo. Justificación de las operaciones de anticipo o prepago.
A toda operación pagada con carácter de anticipo o prepago, en el momento que se justifique
por la entidad, es necesario implementarle una información adicional de todos los gastos que
dan soporte a dicho pago, con objeto de posibilitar su certificación. Esta información hay que
suministrarla al programa mediante incorporación de un fichero en hoja de cálculo.
Tercero. Cumplimiento de los requisitos de identificación, información y publicidad
tanto de la Junta de Extremadura como de la Comisión Europea.
Para los supuestos en los que exista financiación con cargo a fondos comunitarios se deberán
cumplir los requisitos establecidos en esta materia por el Reglamento (UE) n.º 1303/2013,
del Parlamento y el Consejo, de 17 de diciembre, y su anexo 12 sobre las actividades de
información y publicidad que deben llevar a cabo los Estados Miembros en relación con las
intervenciones de los fondos estructurales. Todas las actuaciones, actividades, eventos, congresos, certámenes, etc., que sean financiados con fondos estructurales deberán cumplir con
los requisitos de identificación, información y publicidad. Asimismo, deberán cumplirse los
requisitos establecidos en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de
gestión de inversiones financiadas por la Junta de Extremadura.
Finalmente, COMPUTAEX, informará a todas las partes implicadas en la ejecución del proyecto
del origen de la financiación del Programa, dejando evidencia documental al respecto.
Lunes 28 de octubre de 2024
55788
Segundo. Justificación de las operaciones de anticipo o prepago.
A toda operación pagada con carácter de anticipo o prepago, en el momento que se justifique
por la entidad, es necesario implementarle una información adicional de todos los gastos que
dan soporte a dicho pago, con objeto de posibilitar su certificación. Esta información hay que
suministrarla al programa mediante incorporación de un fichero en hoja de cálculo.
Tercero. Cumplimiento de los requisitos de identificación, información y publicidad
tanto de la Junta de Extremadura como de la Comisión Europea.
Para los supuestos en los que exista financiación con cargo a fondos comunitarios se deberán
cumplir los requisitos establecidos en esta materia por el Reglamento (UE) n.º 1303/2013,
del Parlamento y el Consejo, de 17 de diciembre, y su anexo 12 sobre las actividades de
información y publicidad que deben llevar a cabo los Estados Miembros en relación con las
intervenciones de los fondos estructurales. Todas las actuaciones, actividades, eventos, congresos, certámenes, etc., que sean financiados con fondos estructurales deberán cumplir con
los requisitos de identificación, información y publicidad. Asimismo, deberán cumplirse los
requisitos establecidos en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de
gestión de inversiones financiadas por la Junta de Extremadura.
Finalmente, COMPUTAEX, informará a todas las partes implicadas en la ejecución del proyecto
del origen de la financiación del Programa, dejando evidencia documental al respecto.