Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063632)
Resolución de 23 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y la Fundación Computación y Tecnologías Avanzadas de Extremadura (COMPUTAEX) por el que se formaliza una transferencia específica de carácter plurianual para financiar el proyecto "5041 Computaex: Centro Demostrador de Gemelos Digitales", en los ejercicios 2024 y 2025 en el marco del Plan de Recuperación, Trasformación y Resiliencia- financiado por la Unión Europea- Next Generation Eu.
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NÚMERO 210
Lunes 28 de octubre de 2024
55783
Asimismo, además de reflejarlos en la mencionada relación, deberá aportarse:
— Facturas correspondientes a los servicios y suministros
— Justificantes acreditativos del pago de las facturas.
— Método de cálculo aplicable para la imputación de los costes indirectos entre las diferentes actividades del proyecto.
• Para el desarrollo de los trabajos objeto de esta transferencia, se adscribirá únicamente
con personal propio de COMPUTAEX y serán imputables siempre y cuando el personal
desempeñe de forma directa las tareas afectas a las actividades que integran.
En los costes del personal que desarrolle sus funciones en varios proyectos/actividades,
se deberá especificar las tareas realizadas y el tiempo dedicado a las mismas, así como
el criterio para su correcta imputación al programa, proporcionando evidencias relativas
a la dedicación efectiva.
La selección del personal nuevo que se contrate para la prestación de sus servicios en
esta transferencia específica se realizará bajo los principios de objetividad, transparencia,
igualdad de oportunidades y no discriminación y se ajustará a lo establecido en la normativa laboral vigente.
Cuando se realicen finiquitos por finalización del servicio contratado, por renuncia o despido del empleado, no se tendrán en cuenta a efecto de gasto transferencia, dado que
estos gastos no responden a la ejecución de las actuaciones objeto de la operación y no
son gastos que se genere por trabajo efectivo desempeñado por los empleados.
Referente al personal imputado a la transferencia, la memoria económica incluirá una
relación nominativa firmada y sellada por el órgano competente (Tabla 3: GASTOS DE
PERSONAL DE CADA TRABAJADOR IMPUTADO A LA TRANSFERENCIA).
Asimismo, además de reflejarlos en la mencionada relación, deberá aportarse:
— Nóminas del personal imputado a la transferencia, de cada uno de los meses en que
dicho personal aporta trabajo.
— Recibos de liquidación de las cotizaciones sociales
Lunes 28 de octubre de 2024
55783
Asimismo, además de reflejarlos en la mencionada relación, deberá aportarse:
— Facturas correspondientes a los servicios y suministros
— Justificantes acreditativos del pago de las facturas.
— Método de cálculo aplicable para la imputación de los costes indirectos entre las diferentes actividades del proyecto.
• Para el desarrollo de los trabajos objeto de esta transferencia, se adscribirá únicamente
con personal propio de COMPUTAEX y serán imputables siempre y cuando el personal
desempeñe de forma directa las tareas afectas a las actividades que integran.
En los costes del personal que desarrolle sus funciones en varios proyectos/actividades,
se deberá especificar las tareas realizadas y el tiempo dedicado a las mismas, así como
el criterio para su correcta imputación al programa, proporcionando evidencias relativas
a la dedicación efectiva.
La selección del personal nuevo que se contrate para la prestación de sus servicios en
esta transferencia específica se realizará bajo los principios de objetividad, transparencia,
igualdad de oportunidades y no discriminación y se ajustará a lo establecido en la normativa laboral vigente.
Cuando se realicen finiquitos por finalización del servicio contratado, por renuncia o despido del empleado, no se tendrán en cuenta a efecto de gasto transferencia, dado que
estos gastos no responden a la ejecución de las actuaciones objeto de la operación y no
son gastos que se genere por trabajo efectivo desempeñado por los empleados.
Referente al personal imputado a la transferencia, la memoria económica incluirá una
relación nominativa firmada y sellada por el órgano competente (Tabla 3: GASTOS DE
PERSONAL DE CADA TRABAJADOR IMPUTADO A LA TRANSFERENCIA).
Asimismo, además de reflejarlos en la mencionada relación, deberá aportarse:
— Nóminas del personal imputado a la transferencia, de cada uno de los meses en que
dicho personal aporta trabajo.
— Recibos de liquidación de las cotizaciones sociales