Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063630)
Resolución de 23 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración para la realización de prácticas profesionales para el alumnado de las acciones formativas de formación continuada entre el SES y el Sindicato de Técnicos de Enfermería y Fundación de Estudios Asistenciales y Sanitarios de Extremadura.
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NÚMERO 210
55664
Lunes 28 de octubre de 2024
Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la
parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. La resolución del convenio por esta causa
podrá conllevar la indemnización de los perjuicios causados si así se hubiera previsto.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
e) P
or cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en otras
leyes.
SAE Extremadura y FAE-EX se comprometen a:
• Publicar los cursos a impartir, y darle suficiente difusión.
• Realizar una selección previa de los candidatos que van a realizar las prácticas.
• Nombrar un responsable de las prácticas, que coordine junto con el responsable del SES
el desarrollo de las mismas.
Antes del inicio de las prácticas deberán presentarse ante el responsable del SES los siguientes documentos:
• Relación de alumnos que realizan las prácticas.
• Programación de las prácticas profesionales.
• Los correspondientes Anexos firmados.
• Copia de la póliza suplementaria de accidentes de los alumnos.
• Póliza de responsable civil del alumnado.
• Número de afiliación a la seguridad social del alumnado en prácticas.
• Asimismo, podrá requerirse de las promotoras de la formación la presentación de los
documentos que se consideren necesarios.
Mérida, 24 de septiembre de 2024.
La Secretaría Autonómica
SAE – Extremadura,
El Director Gerente del SES,
D. JESÚS VILÉS PIRIS
D.ª VICTORIA GONZÁLEZ PALOMINO
La Presidenta de FAE – EX,
D.ª MARÍA DOLORES MÁRTINEZ
MÁRQUEZ
55664
Lunes 28 de octubre de 2024
Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la
parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. La resolución del convenio por esta causa
podrá conllevar la indemnización de los perjuicios causados si así se hubiera previsto.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
e) P
or cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en otras
leyes.
SAE Extremadura y FAE-EX se comprometen a:
• Publicar los cursos a impartir, y darle suficiente difusión.
• Realizar una selección previa de los candidatos que van a realizar las prácticas.
• Nombrar un responsable de las prácticas, que coordine junto con el responsable del SES
el desarrollo de las mismas.
Antes del inicio de las prácticas deberán presentarse ante el responsable del SES los siguientes documentos:
• Relación de alumnos que realizan las prácticas.
• Programación de las prácticas profesionales.
• Los correspondientes Anexos firmados.
• Copia de la póliza suplementaria de accidentes de los alumnos.
• Póliza de responsable civil del alumnado.
• Número de afiliación a la seguridad social del alumnado en prácticas.
• Asimismo, podrá requerirse de las promotoras de la formación la presentación de los
documentos que se consideren necesarios.
Mérida, 24 de septiembre de 2024.
La Secretaría Autonómica
SAE – Extremadura,
El Director Gerente del SES,
D. JESÚS VILÉS PIRIS
D.ª VICTORIA GONZÁLEZ PALOMINO
La Presidenta de FAE – EX,
D.ª MARÍA DOLORES MÁRTINEZ
MÁRQUEZ