Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063444)
Resolución de 14 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda n.º 1 modificativa del Convenio de Colaboración de fecha 3 de mayo de 2022, entre la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda y la empresa "Compañía Europea de Viajeros España, SA", ("CEVESA"), para la gestión de las subvenciones destinadas al fomento de la movilidad previstas en el Decreto 83/2017, de 13 de junio, y otras prestaciones propias de la explotación de los servicios de transporte público regular y de uso general de viajeros por carretera JEAV-021, durante los años 2022 a 2025, a los efectos de lo establecido en la disposición adicional decimocuarta de la Ley 6/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023.
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NÚMERO 209
Viernes 25 de octubre de 2024

54779

ADENDA N.º 1 MODIFICATIVA DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN DE FECHA 3 DE
MAYO DE 2022, ENTRE LA CONSEJERÍA DE MOVILIDAD, TRANSPORTE Y VIVIENDA
Y LA EMPRESA “COMPAÑÍA EUROPEA DE VIAJEROS ESPAÑA, SA”, (“CEVESA”), PARA
LA GESTIÓN DE LAS SUBVENCIONES DESTINADAS AL FOMENTO DE LA MOVILIDAD
PREVISTAS EN EL DECRETO 83/2017, DE 13 DE JUNIO, Y OTRAS PRESTACIONES
PROPIAS DE LA EXPLOTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE PÚBLICO
REGULAR Y DE USO GENERAL DE VIAJEROS POR CARRETERA JEAV-021, DURANTE
LOS AÑOS 2022 A 2025, A LOS EFECTOS DE LO ESTABLECIDO EN LA DISPOSICIÓN
ADICIONAL DECIMOCUARTA DE LA LEY 6/2022, DE 30 DE DICIEMBRE, DE
PRESUPUESTOS GENERALES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA PARA
EL AÑO 2023.
Mérida, 3 de marzo de 2023.
REUNIDOS:
De una parte, D.ª Leire Iglesias Santiago, en su condición de Consejera de Movilidad, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura, en virtud de nombramiento efectuado por Decreto 22/2019, de 1 de julio, (DOE n.º 126, de 2 de julio de 2019); de conformidad con lo
establecido en el Decreto 167/2019, de 29 de octubre por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda (DOE n.º 214, de 6 de noviembre); de acuerdo con el artículo 36. a) y 53.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno
y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que establece la competencia para el acuerdo de la firma de convenios.
Y de otra, D. Santiago Layosa Burdallo, con DNI n.º: ***6791**, actuando en nombre y representación de la empresa “Compañía Europea de Viajeros España, SA”, (“CEVESA”), con NIF
n.º. A-81544868, titular del contrato de concesión de servicio público de transporte regular de
viajeros de uso general por carretera JEAV-021, (Cabezabellosa-Plasencia).
Ambas partes, actuando en el ejercicio de sus cargos y en la representación que ostentan, se
reconocen mutua legitimidad y capacidad jurídica suficiente para obligarse en los términos de
la presente adenda de Convenio, y en su virtud,
EXPONEN:
Primero. Con fecha 3 de mayo de 2022, la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda
de la Junta de Extremadura, en el ejercicio de sus competencias, suscribe Convenio con la
empresa “Compañía Europea de Viajeros España, SA”, (“CEVESA”), para la gestión de las
subvenciones destinadas al fomento de la movilidad previstas en el Decreto 83/2017, de 13
de junio, y otras prestaciones propias de la explotación de los servicios de transporte público