Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Deslinde. (2024063555)
Resolución de 8 de octubre de 2024, del Consejero, de mejora en precisión geométrica de la línea límite entre los términos municipales de Mérida y Solana de los Barros, ambos de la provincia de Badajoz.
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NÚMERO 208
54500
Jueves 24 de octubre de 2024
Las coordenadas de presente listado, que representan al eje del arroyo Harnina y al eje del
río Guadajira, procede de la digitalización del eje aparente de estos dos elementos hidrográficos, tomando de base la ortofoto del vuelo americano realizado entre los años 1956 y 1957,
georreferenciando nuevamente estas ortofotos empleando nuevos puntos de referencia con
un enfoque más exigente.
Segundo. Acordar la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Extremadura, y su posterior notificación a los Ayuntamientos afectados, y a cuantos organismos públicos
se tenga por conveniente.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante esta Consejería de Infraestructuras, Transporte
y Vivienda, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquél en que se reciba
la notificación o al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, de acuerdo con los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 8.4 del Decreto 163/2018, de 2 de
octubre, por el que se regula el deslinde de los términos municipales de Extremadura y otras
actuaciones en materia de concreción de líneas límite.
Asimismo, también cabrá interponer contra dicha resolución, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a aquél
en que se reciba la notificación de la misma o al de su publicación, de conformidad con lo
establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa.
No obstante, en el caso de haberse interpuesto recurso de reposición, no podrá interponerse
el citado recurso contencioso-administrativo hasta que aquél haya sido resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta. Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que estimen pertinente.
Mérida, 8 de octubre de 2024.
El Consejero de Infraestructuras,
Transporte y Vivienda,
MANUEL MARTÍN CASTIZO
54500
Jueves 24 de octubre de 2024
Las coordenadas de presente listado, que representan al eje del arroyo Harnina y al eje del
río Guadajira, procede de la digitalización del eje aparente de estos dos elementos hidrográficos, tomando de base la ortofoto del vuelo americano realizado entre los años 1956 y 1957,
georreferenciando nuevamente estas ortofotos empleando nuevos puntos de referencia con
un enfoque más exigente.
Segundo. Acordar la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Extremadura, y su posterior notificación a los Ayuntamientos afectados, y a cuantos organismos públicos
se tenga por conveniente.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante esta Consejería de Infraestructuras, Transporte
y Vivienda, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquél en que se reciba
la notificación o al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, de acuerdo con los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 8.4 del Decreto 163/2018, de 2 de
octubre, por el que se regula el deslinde de los términos municipales de Extremadura y otras
actuaciones en materia de concreción de líneas límite.
Asimismo, también cabrá interponer contra dicha resolución, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a aquél
en que se reciba la notificación de la misma o al de su publicación, de conformidad con lo
establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa.
No obstante, en el caso de haberse interpuesto recurso de reposición, no podrá interponerse
el citado recurso contencioso-administrativo hasta que aquél haya sido resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta. Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que estimen pertinente.
Mérida, 8 de octubre de 2024.
El Consejero de Infraestructuras,
Transporte y Vivienda,
MANUEL MARTÍN CASTIZO