Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024063546)
Resolución de 15 de octubre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental de los proyectos de instalaciones solares fotovoltaicas denominadas "El Navío", "Santa Amalia", "San Telmo" y "Vegas Grandes", a realizar en el término municipal de Badajoz (Badajoz). Expte.: IA22/1277.
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NÚMERO 208
54341
Jueves 24 de octubre de 2024
RELACIÓN DE CONSULTADOS
RESPUESTA
Servicio de Regadíos. Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y
Tauromaquia
X
Servicio de Infraestructuras Rurales. Dirección General de Infraestructuras Rurales,
Patrimonio y Tauromaquia
X
Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana
X
Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural
X
Dirección General de Salud Pública
X
Confederación Hidrográfica del Guadiana
X
Ayuntamiento de Badajoz
-
A continuación, se resumen los aspectos ambientales más significativos contenidos en los
informes recibidos. Las consideraciones de los promotores a los mismos se han integrado
en el apartado C de esta declaración de impacto ambiental:
— Con fecha 20 de marzo de 2023, el Servicio de Infraestructuras Rurales comunica lo
siguiente:
• Una vez estudiada la documentación presentada, informa que el proyecto a ejecutar en el término municipal de Badajoz”, no afecta a ninguna de las vías pecuarias
existentes en el citado término municipal.
• Las líneas de evacuación de las ISF “El Navío”, “Santa Amalia” y “Vegas Grandes”
si afecta a la vía pecuaria “Cañada Real de Calamón, Alcornoque y Torrequebrada
al Charco de Aguas Frías”, en el término municipal de Badajoz.
• Además, se informa que se deberá solicitar la correspondiente autorización con
antelación suficiente a la fecha de inicio de las obras para poder obtener la resolución aprobatoria de ocupación de los terrenos del dominio público pecuario, según
el modelo de autorización anexo del precitado Decreto 65/2022, de 8 de junio.
En cumplimiento de la legislación vigente en materia de vías pecuarias (Ley 3/1995, de 23
de marzo, Decreto 65/2022de 8 de junio, Decreto 49/2000, de 8 de marzo, Ley 6/2015 de
24 de marzo), se da traslado para su conocimiento y efectos oportunos.
— Con fecha 22 de marzo de 2024, el Servicio de Regadíos informa que las parcelas donde
se ubican los proyectos no están incluidas en Zonas Regables de Extremadura decla-
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Jueves 24 de octubre de 2024
RELACIÓN DE CONSULTADOS
RESPUESTA
Servicio de Regadíos. Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y
Tauromaquia
X
Servicio de Infraestructuras Rurales. Dirección General de Infraestructuras Rurales,
Patrimonio y Tauromaquia
X
Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana
X
Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural
X
Dirección General de Salud Pública
X
Confederación Hidrográfica del Guadiana
X
Ayuntamiento de Badajoz
-
A continuación, se resumen los aspectos ambientales más significativos contenidos en los
informes recibidos. Las consideraciones de los promotores a los mismos se han integrado
en el apartado C de esta declaración de impacto ambiental:
— Con fecha 20 de marzo de 2023, el Servicio de Infraestructuras Rurales comunica lo
siguiente:
• Una vez estudiada la documentación presentada, informa que el proyecto a ejecutar en el término municipal de Badajoz”, no afecta a ninguna de las vías pecuarias
existentes en el citado término municipal.
• Las líneas de evacuación de las ISF “El Navío”, “Santa Amalia” y “Vegas Grandes”
si afecta a la vía pecuaria “Cañada Real de Calamón, Alcornoque y Torrequebrada
al Charco de Aguas Frías”, en el término municipal de Badajoz.
• Además, se informa que se deberá solicitar la correspondiente autorización con
antelación suficiente a la fecha de inicio de las obras para poder obtener la resolución aprobatoria de ocupación de los terrenos del dominio público pecuario, según
el modelo de autorización anexo del precitado Decreto 65/2022, de 8 de junio.
En cumplimiento de la legislación vigente en materia de vías pecuarias (Ley 3/1995, de 23
de marzo, Decreto 65/2022de 8 de junio, Decreto 49/2000, de 8 de marzo, Ley 6/2015 de
24 de marzo), se da traslado para su conocimiento y efectos oportunos.
— Con fecha 22 de marzo de 2024, el Servicio de Regadíos informa que las parcelas donde
se ubican los proyectos no están incluidas en Zonas Regables de Extremadura decla-