Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024063546)
Resolución de 15 de octubre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental de los proyectos de instalaciones solares fotovoltaicas denominadas "El Navío", "Santa Amalia", "San Telmo" y "Vegas Grandes", a realizar en el término municipal de Badajoz (Badajoz). Expte.: IA22/1277.
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NÚMERO 208
Jueves 24 de octubre de 2024
54370
se por parte del promotor, a la designación de un coordinador ambiental, que ejercerá
las funciones que se detallan en el artículo 2 de la precitada disposición, durante la fase
de ejecución y funcionamiento del proyecto, debiendo estar presente en la obra con
carácter permanente durante toda la duración de las obras.
D.2. Medidas preventivas y correctoras en la fase de construcción.
1. S
e notificará a la DGS el inicio de las obras con una antelación mínima de un mes, junto
con la solicitud de visita previa para ver las condiciones ambientales de la parcela antes
del comienzo.
2. La ejecución de las obras se realizará preferentemente en periodo diurno, al objeto de
evitar molestias a la población y a la fauna por la generación de ruidos.
3. S
e evitará, en la medida de lo posible, que los desbroces (nunca decapado) se realicen
durante las épocas de reproducción de la mayoría de las especies faunísticas (que suele
ser entre finales de invierno y mediados del verano, febrero a julio, aproximadamente).
Si no fuera así, se realizará antes de la ejecución de los desbroces una inspección de
campo para la localización de nidos o lugares de concentración de animales que pudieran ser eliminados de forma directa.
4. Se evitará realizar los trabajos en periodos de lluvias para evitar el arrastre de sedimentos por escorrentía. Si fuera necesario se realizarán aportes de tierra vegetal extra en
las áreas con peligro de erosión.
5. N
o se permitirán movimientos de tierra que no se encuentren debidamente justificados
ambientalmente, debiendo ser replanteados en la visita previa al inicio de las obras y
debidamente autorizados en los distintos informes del plan de vigilancia ambiental de la
fase de obras, que deberán presentarse mensualmente. El suelo nunca podrá perder su
condición de suelo agrícola.
6. En fase de construcción, sólo se realizarán nivelaciones de terreno en las zonas donde
se asienten los nuevos edificios, transformadores, y viales. En la zona ocupada por los
paneles fotovoltaicos se mantendrá el perfil original del suelo sin retirada de su capa
superficial, exceptuando las alteraciones inherentes a la instalación del cableado subterráneo en zanja.
7. Los viales nuevos se adaptarán a la orografía de la zona, minimizando los movimientos
de tierras y evitando la ejecución de desmontes y terraplenes excesivos.
8. C
on el fin de minimizar la ocupación del suelo y afección a la vegetación, se aprovecharán los accesos y la red de caminos existentes, procediendo a ejecutar únicamente
Jueves 24 de octubre de 2024
54370
se por parte del promotor, a la designación de un coordinador ambiental, que ejercerá
las funciones que se detallan en el artículo 2 de la precitada disposición, durante la fase
de ejecución y funcionamiento del proyecto, debiendo estar presente en la obra con
carácter permanente durante toda la duración de las obras.
D.2. Medidas preventivas y correctoras en la fase de construcción.
1. S
e notificará a la DGS el inicio de las obras con una antelación mínima de un mes, junto
con la solicitud de visita previa para ver las condiciones ambientales de la parcela antes
del comienzo.
2. La ejecución de las obras se realizará preferentemente en periodo diurno, al objeto de
evitar molestias a la población y a la fauna por la generación de ruidos.
3. S
e evitará, en la medida de lo posible, que los desbroces (nunca decapado) se realicen
durante las épocas de reproducción de la mayoría de las especies faunísticas (que suele
ser entre finales de invierno y mediados del verano, febrero a julio, aproximadamente).
Si no fuera así, se realizará antes de la ejecución de los desbroces una inspección de
campo para la localización de nidos o lugares de concentración de animales que pudieran ser eliminados de forma directa.
4. Se evitará realizar los trabajos en periodos de lluvias para evitar el arrastre de sedimentos por escorrentía. Si fuera necesario se realizarán aportes de tierra vegetal extra en
las áreas con peligro de erosión.
5. N
o se permitirán movimientos de tierra que no se encuentren debidamente justificados
ambientalmente, debiendo ser replanteados en la visita previa al inicio de las obras y
debidamente autorizados en los distintos informes del plan de vigilancia ambiental de la
fase de obras, que deberán presentarse mensualmente. El suelo nunca podrá perder su
condición de suelo agrícola.
6. En fase de construcción, sólo se realizarán nivelaciones de terreno en las zonas donde
se asienten los nuevos edificios, transformadores, y viales. En la zona ocupada por los
paneles fotovoltaicos se mantendrá el perfil original del suelo sin retirada de su capa
superficial, exceptuando las alteraciones inherentes a la instalación del cableado subterráneo en zanja.
7. Los viales nuevos se adaptarán a la orografía de la zona, minimizando los movimientos
de tierras y evitando la ejecución de desmontes y terraplenes excesivos.
8. C
on el fin de minimizar la ocupación del suelo y afección a la vegetación, se aprovecharán los accesos y la red de caminos existentes, procediendo a ejecutar únicamente