Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063575)
Resolución de 18 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social y el Ayuntamiento de Burguillos del Cerro, para la implantación del Tribunal Único en los procesos de selección para la cobertura de plazas en las plantillas de Policía Local de Extremadura.
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NÚMERO 207
Miércoles 23 de octubre de 2024
53668
El encargado del tratamiento acepta expresamente que los derechos de propiedad sobre los
soportes materiales a los que se incorporen los trabajos realizados, en cumplimiento de las
obligaciones derivadas del convenio, corresponden a la Junta de Extremadura.
El encargado del tratamiento exonerará a la Junta de Extremadura de cualquier tipo de responsabilidad frente a terceros por reclamaciones de cualquier índole dimanante de los suministros, materiales, procedimientos y medios utilizados para la ejecución del convenio procedente de los titulares de derechos de propiedad industrial e intelectual sobre ellos.
Si fuera necesario, el encargado del tratamiento estará obligado, antes de la firma del convenio, a obtener las licencias y autorizaciones precisas que le legitimen para la ejecución del
mismo.
En caso de acciones dirigidas contra la Junta de Extremadura por terceros titulares de derechos sobre los medios utilizados por el encargado del tratamiento para la ejecución del convenio, éste responderá ante la Junta de Extremadura del resultado de dichas acciones, estando
obligado, además, a prestarle su plena ayuda en el ejercicio de las acciones que competan a
la Junta de Extremadura.
El encargado del tratamiento no podrá hacer uso del nombre, marca o logotipo que le haya
facilitado la Junta de Extremadura para el cumplimiento de sus obligaciones dimanantes del
presente convenio, fuera de las circunstancias y para los fines expresamente pactados en
éste, ni una vez terminada la vigencia del mismo.
E) DEVOLUCIÓN DE ACTIVOS.
Para el supuesto de que el cumplimiento del convenio conlleve la entrega de activos, el Encargado del tratamiento se compromete a la devolución de todos los activos de que haya
dispuesto para el cumplimiento del mismo, ya sean software, documentación corporativa,
equipos y/o recursos materiales. Así mismo, si el personal del encargado dispone de permisos
de acceso a instalaciones o sistemas, estos deben ser devueltos o comunicados para su anulación en el momento de finalización del convenio, respondiendo de su uso una vez finalizado.
El encargado del tratamiento se compromete a entregar a la Junta de Extremadura toda la
información y documentación resultante de los trabajos objeto del presente convenio, viniendo obligado, además, a no mantener documentación o almacenar información en locales o
equipos ajenos o no autorizados por la Junta de Extremadura, durante o una vez finalizado el
plazo de ejecución del convenio.
En los casos en que la Junta de Extremadura lo estime necesario podrá exigir al encargado
del tratamiento certificaciones de destrucción de documentos o eliminación de información de
Miércoles 23 de octubre de 2024
53668
El encargado del tratamiento acepta expresamente que los derechos de propiedad sobre los
soportes materiales a los que se incorporen los trabajos realizados, en cumplimiento de las
obligaciones derivadas del convenio, corresponden a la Junta de Extremadura.
El encargado del tratamiento exonerará a la Junta de Extremadura de cualquier tipo de responsabilidad frente a terceros por reclamaciones de cualquier índole dimanante de los suministros, materiales, procedimientos y medios utilizados para la ejecución del convenio procedente de los titulares de derechos de propiedad industrial e intelectual sobre ellos.
Si fuera necesario, el encargado del tratamiento estará obligado, antes de la firma del convenio, a obtener las licencias y autorizaciones precisas que le legitimen para la ejecución del
mismo.
En caso de acciones dirigidas contra la Junta de Extremadura por terceros titulares de derechos sobre los medios utilizados por el encargado del tratamiento para la ejecución del convenio, éste responderá ante la Junta de Extremadura del resultado de dichas acciones, estando
obligado, además, a prestarle su plena ayuda en el ejercicio de las acciones que competan a
la Junta de Extremadura.
El encargado del tratamiento no podrá hacer uso del nombre, marca o logotipo que le haya
facilitado la Junta de Extremadura para el cumplimiento de sus obligaciones dimanantes del
presente convenio, fuera de las circunstancias y para los fines expresamente pactados en
éste, ni una vez terminada la vigencia del mismo.
E) DEVOLUCIÓN DE ACTIVOS.
Para el supuesto de que el cumplimiento del convenio conlleve la entrega de activos, el Encargado del tratamiento se compromete a la devolución de todos los activos de que haya
dispuesto para el cumplimiento del mismo, ya sean software, documentación corporativa,
equipos y/o recursos materiales. Así mismo, si el personal del encargado dispone de permisos
de acceso a instalaciones o sistemas, estos deben ser devueltos o comunicados para su anulación en el momento de finalización del convenio, respondiendo de su uso una vez finalizado.
El encargado del tratamiento se compromete a entregar a la Junta de Extremadura toda la
información y documentación resultante de los trabajos objeto del presente convenio, viniendo obligado, además, a no mantener documentación o almacenar información en locales o
equipos ajenos o no autorizados por la Junta de Extremadura, durante o una vez finalizado el
plazo de ejecución del convenio.
En los casos en que la Junta de Extremadura lo estime necesario podrá exigir al encargado
del tratamiento certificaciones de destrucción de documentos o eliminación de información de