Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación. Ayudas. (2024063511)
Resolución de 15 de octubre de 2024, de la Dirección General del Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios, de concesión de ayudas destinadas a financiar la dotación de libros de texto y de material escolar a centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Extremadura que impartan Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Obligatoria y Educación Especial, para el curso 2024/2025.
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NÚMERO 207

53799

Miércoles 23 de octubre de 2024

RESOLUCIÓN de 15 de octubre de 2024, de la Dirección General del Ente
Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios, de concesión
de ayudas destinadas a financiar la dotación de libros de texto y de material
escolar a centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de
Extremadura que impartan Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación
Obligatoria y Educación Especial, para el curso 2024/2025. (2024063511)
De conformidad con lo establecido en el resuelvo decimoctavo de la Resolución de 15 de mayo
de 2024, de la Dirección del Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios, por la que se convocan ayudas destinadas a financiar la dotación de libros de texto y de
material escolar a centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Extremadura
que impartan Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Obligatoria y Educación Especial, para el curso 2024/2025 (DOE núm. 107, de 4 de junio),
RESUELVO:
Primero. Conceder las ayudas que se especifican en los anexos I y II a esta resolución de concesión, por un importe total de cuarenta y dos mil setecientos noventa euros (42.790,00 €),
los cuales se imputarán con cargo al centro gestor 130090000, posición presupuestaria
G/222G/47000, fondo CAG0000001 y programa de financiación 20130082, imputándose en
su totalidad a la anualidad 2024 con la siguiente distribución por modalidades:
— Adquisición de material escolar: nueve mil sesenta euros (9.060,00 €).
— Adquisición de libros de texto: treinta y tres mil setecientos treinta euros (33.730,00 €).
Segundo. La resolución es un segundo acto de concesión.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso
potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo dictó, en el plazo de un mes, contado
desde el día siguiente a su notificación de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
O bien podrá interponerse, directamente, en el plazo de dos meses, contado desde el día
siguiente al de la notificación de la presente resolución, el correspondiente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Mérida. Todo ello, sin
perjuicio de que puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 15 de octubre de 2024.
El Director General del Ente Público
Extremeño de Servicio Educativos
Complementarios,
PD, Resolución de la
Presidenta de 25/08/2023,
(DOE núm. 168, de 31 de agosto),
EDUARDO VILLAVERDE TORRECILLA