Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063387)
Resolución de 10 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda n.º 1 modificativa del Convenio de Colaboración de fecha 26 de octubre de 2022, entre la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda y la empresa "Hurdes Travel, SL", para la gestión de las subvenciones destinadas al fomento de la movilidad previstas en el Decreto 83/2017, de 13 de junio, y otras prestaciones propias de la explotación de los servicios de transporte público regular y de uso general de viajeros por carretera JEV-023, durante los años 2023 a 2025, a los efectos de lo establecido en la disposición adicional decimocuarta de la Ley 6/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023.
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NÚMERO 207
Miércoles 23 de octubre de 2024
53410
ADENDA N.º 1 MODIFICATIVA DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN DE FECHA 26 DE
OCTUBRE DE 2022, ENTRE LA CONSEJERÍA DE MOVILIDAD, TRANSPORTE Y VIVIENDA
Y LA EMPRESA “HURDES TRAVEL, SL”, PARA LA GESTIÓN DE LAS SUBVENCIONES
DESTINADAS AL FOMENTO DE LA MOVILIDAD PREVISTAS EN EL DECRETO 83/2017,
DE 13 DE JUNIO, Y OTRAS PRESTACIONES PROPIAS DE LA EXPLOTACIÓN DE LOS
SERVICIOS DE TRANSPORTE PÚBLICO REGULAR Y DE USO GENERAL DE VIAJEROS
POR CARRETERA JEV-023, DURANTE LOS AÑOS 2023 A 2025, A LOS EFECTOS
DE LO ESTABLECIDO EN LA DISPOSICIÓN ADICIONAL DECIMOCUARTA DE LA LEY
6/2022, DE 30 DE DICIEMBRE, DE PRESUPUESTOS GENERALES DE LA COMUNIDAD
AUTÓNOMA DE EXTREMADURA PARA EL AÑO 2023.
Mérida, 3 de marzo de 2023.
REUNIDOS
De una parte, D.ª Leire Iglesias Santiago, en su condición de Consejera de Movilidad, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura, en virtud de nombramiento efectuado por Decreto 22/2019, de 1 de julio, (DOE n.º 126, de 2 de julio de 2019); de conformidad con lo
establecido en el Decreto 167/2019, de 29 de octubre por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda (DOE n.º 214, de 6 de noviembre); de acuerdo con el artículo 36.a) y 53.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno
y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que establece la competencia para el acuerdo de la firma de convenios.
Y de otra, D. Genaro Quijada Domínguez, con DNI: ***3549**, actuando en nombre y representación de la empresa “Hurdes Travel, SL”, con NIF núm. B-10364206, prestadora del
servicio de transporte público regular y de uso general de viajeros por carretera JEV-023,
(Casares de las Hurdes y Plasencia, con hijuelas).
Ambas partes, actuando en el ejercicio de sus cargos y en la representación que ostentan, se
reconocen mutua legitimidad y capacidad jurídica suficiente para obligarse en los términos de
la presente adenda de Convenio, y en su virtud,
EXPONEN
Primero. Con fecha 26 de octubre de 2022, la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda
de la Junta de Extremadura, en el ejercicio de sus competencias, suscribe Convenio con la
empresa “Hurdes Travel, SL”, para la gestión de las subvenciones destinadas al fomento de
la movilidad previstas en el Decreto 83/2017, de 13 de junio, y otras prestaciones propias de
la explotación de los servicios de transporte público regular de uso general de viajeros por
carretera JEV-023, (Casares de las Hurdes y Plasencia, con hijuelas), durante los años 2023
a 2025.
Miércoles 23 de octubre de 2024
53410
ADENDA N.º 1 MODIFICATIVA DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN DE FECHA 26 DE
OCTUBRE DE 2022, ENTRE LA CONSEJERÍA DE MOVILIDAD, TRANSPORTE Y VIVIENDA
Y LA EMPRESA “HURDES TRAVEL, SL”, PARA LA GESTIÓN DE LAS SUBVENCIONES
DESTINADAS AL FOMENTO DE LA MOVILIDAD PREVISTAS EN EL DECRETO 83/2017,
DE 13 DE JUNIO, Y OTRAS PRESTACIONES PROPIAS DE LA EXPLOTACIÓN DE LOS
SERVICIOS DE TRANSPORTE PÚBLICO REGULAR Y DE USO GENERAL DE VIAJEROS
POR CARRETERA JEV-023, DURANTE LOS AÑOS 2023 A 2025, A LOS EFECTOS
DE LO ESTABLECIDO EN LA DISPOSICIÓN ADICIONAL DECIMOCUARTA DE LA LEY
6/2022, DE 30 DE DICIEMBRE, DE PRESUPUESTOS GENERALES DE LA COMUNIDAD
AUTÓNOMA DE EXTREMADURA PARA EL AÑO 2023.
Mérida, 3 de marzo de 2023.
REUNIDOS
De una parte, D.ª Leire Iglesias Santiago, en su condición de Consejera de Movilidad, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura, en virtud de nombramiento efectuado por Decreto 22/2019, de 1 de julio, (DOE n.º 126, de 2 de julio de 2019); de conformidad con lo
establecido en el Decreto 167/2019, de 29 de octubre por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda (DOE n.º 214, de 6 de noviembre); de acuerdo con el artículo 36.a) y 53.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno
y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que establece la competencia para el acuerdo de la firma de convenios.
Y de otra, D. Genaro Quijada Domínguez, con DNI: ***3549**, actuando en nombre y representación de la empresa “Hurdes Travel, SL”, con NIF núm. B-10364206, prestadora del
servicio de transporte público regular y de uso general de viajeros por carretera JEV-023,
(Casares de las Hurdes y Plasencia, con hijuelas).
Ambas partes, actuando en el ejercicio de sus cargos y en la representación que ostentan, se
reconocen mutua legitimidad y capacidad jurídica suficiente para obligarse en los términos de
la presente adenda de Convenio, y en su virtud,
EXPONEN
Primero. Con fecha 26 de octubre de 2022, la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda
de la Junta de Extremadura, en el ejercicio de sus competencias, suscribe Convenio con la
empresa “Hurdes Travel, SL”, para la gestión de las subvenciones destinadas al fomento de
la movilidad previstas en el Decreto 83/2017, de 13 de junio, y otras prestaciones propias de
la explotación de los servicios de transporte público regular de uso general de viajeros por
carretera JEV-023, (Casares de las Hurdes y Plasencia, con hijuelas), durante los años 2023
a 2025.