Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063386)
Resolución de 10 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda n.º 1 modificativa del Convenio de Colaboración de fecha 10 de mayo de 2023, entre la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda (actualmente, Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda) y la empresa "Radibus 2020, SL", para la gestión de las subvenciones destinadas al fomento de la movilidad previstas en el Decreto 83/2017, de 13 de junio, y otras prestaciones propias de la explotación de los servicios de transporte público regular y de uso general de viajeros por carretera JEV-018, durante los años 2023 a 2025; a los efectos de lo establecido en la disposición adicional decimocuarta de la Ley 6/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023.
37 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 207

53385

Miércoles 23 de octubre de 2024

nidad Autónoma de Extremadura para el año 2023), se estará a lo estipulado en el Convenio
Colaboración suscrito entre la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda y la empresa
“Radibus 2020, SL”, para la gestión de las subvenciones destinadas al fomento de la movilidad
previstas en el Decreto 83/2017, de 13 de junio, y otras prestaciones propias de la explotación de los servicios de transporte público regular de uso general de viajeros por carretera,
durante los años 2023 a 2025 y en su Anexo (Protocolo Técnico por el que se determina el
procedimiento de remisión de datos de explotación de los servicios de transporte público
regular de uso general de viajeros por carretera por parte de las empresas operadoras a los
efectos de comprobación por la administración de los servicios prestados).
Novena. Al citado Convenio le serán de aplicación los efectos económicos derivados de la
Resolución de 17 de enero de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones destinadas al fomento de la movilidad mediante el
transporte público regular de uso general de viajeros por carretera y se dictan las condiciones
de aplicación de la subvención del 100% del precio del billete, para el año 2023 (DOE n.º
14, de 20 de enero de 2023), desde el día 1 de enero de 2023, de acuerdo con su apartado
vigesimosegundo.
Y en prueba de conformidad y para el fiel cumplimiento de lo acordado, se suscribe esta adenda al Convenio formalizado en el lugar y fecha indicados en su encabezamiento.

Por la Consejería de Infraestructuras,
Transporte y Vivienda,
D. MANUEL MARTÍN CASTIZO

Por la Entidad Colaboradora,
D. MANUEL RAMA BURGUILLOS