Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024063494)
Resolución de 10 de octubre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Construcción del punto limpio situado en CR Plasencia 157, en la parcela con referencia catastral 7108801QE2470N0001RW, del término municipal de Montehermoso (Cáceres)", cuyo promotor es el Ayuntamiento de Montehermoso. Expte.: IA24/0238.
21 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 207
Miércoles 23 de octubre de 2024

53703

Especial de Ordenación del Territorio) ni de intervención directa (Proyecto de Interés
Regional) de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, en vigor desde el 27 de junio de 2019.
—D
 irección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia, informa lo
siguiente:
Atendiendo al Proyecto de Clasificación de Vías Pecuarias del término municipal de
Montehermoso aprobado por Orden Ministerial 17/06/1968 BOE (05/07/1968), y vista
la ubicación de la parcela 7108801QE2470N0001RW donde está el punto limpio del
término municipal de Montehermoso, se observa que dicha parcela catastral no afecta
a vías pecuarias, siendo colindante a la “Colada del Vado Gorronoso”.
—L
 a Confederación Hidrográfica del Tajo, informa de lo siguiente:
•E
 n lo referente a zonas protegidas recogidas oficialmente en el Plan Hidrológico de la
parte española de la Demarcación Hidrográfica del Tajo 2023-2027, la parcela en la
que se sitúa el punto limpio se encuentra dentro del área de captación de la zona sensible “ES030ZSENESCM552– Embalse de Alcántara II” y de la zona de abastecimiento
“ES030ZCCM0000003124”.
•E
 n cuanto a aguas superficiales, según la cartografía consultada (visor cartográfico de
la Confederación Hidrográfica del Tajo: http://visor.chtajo.es/VisorCHT/), la parcela
en la que se desarrollan se encuentra en la zona de policía del arroyo del Charquito.
•A
 pesar de que las actuaciones no asienten sobre masas de agua subterránea, se indica que han de ser protegidas, en cualquier caso. Por lo tanto, se significa que en la
puesta en práctica de las actuaciones contempladas en el proyecto deberán tenerse
en cuenta las consideraciones expuestas en este informe para evitar cualquier actuación que pudiera afectar negativamente al dominio público hidráulico.
•S
 e ha efectuado consulta en el visor del Sistema Nacional de Cartografía de Zonas
Inundables (SNCZI), https://sig.mapama.es/snczi/ , observándose la inexistencia de
estudios oficiales relativos a dominio público hidráulico, zona de flujo preferente o
Áreas de Riesgo Potencial Significativo de Inundación en el ámbito de actuación.
3. A
 nálisis del expediente.
Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la
necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto am-