Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063406)
Resolución de 11 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Alange para la ejecución de la actuación de cohesión entre destinos denominada Zona de estacionamiento en el entorno del balneario de Alange financiado por el "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-financiado por la Unión Europea Next-Generation EU".
62 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 206
Martes 22 de octubre de 2024
53161
Para la justificación de la actuación, el Ayuntamiento de Alange, semestralmente, dará cuenta
a la Dirección General de Turismo de, las actuaciones realizadas, el cumplimiento de los objetivos alcanzados y una memoria económica, especificándose el porcentaje realizado, con una
relación clasificada de los gastos efectuados. La presentación de dicha documentación deberá
realizarse antes del 20 de enero y 20 de julio de cada anualidad.
La justificación documental de la actuación deberá presentarse en castellano y dicha justificación requerirá la forma de cuenta justificativa (Anexo IX), en la que se deberá incluir, bajo la
responsabilidad del declarante, los justificantes de gastos y pagos o cualquier otro documento
con validez jurídica que permita acreditar el cumplimiento de la actuación.
La cuenta deberá incluir una declaración de las actividades realizadas que han sido financiadas con dicho fondo y su coste, con el desglose de cada uno de los gastos y pagos realizados.
Deberá acreditarse la aplicación final, de los fondos y sus importes en la justificación final, que
se presentará inexcusablemente, por la entidad local ante la Dirección General de Turismo,
antes del final del segundo trimestre de 2026.
En el caso de que la ejecución no alcance el 100% de las aportaciones realizadas se estará a
lo dispuesto en la cláusula décima cuarta, sobre incumplimiento y reintegro.
Con la justificación final deberá acompañarse la siguiente documentación:
• Certificación de la Secretaría/Intervención de la entidad, donde se certifiquen los gastos
y pagos totales realizados, con especificación y desglose del número de la actuación
realizada y los resultados obtenidos. Esta certificación deberá contener los siguientes
extremos:
–Q
ue los gastos realizados y pagados imputables corresponden a gastos exclusivos de
la actuación.
–Q
ue los gastos y pagos efectuados responden a la naturaleza y finalidad para la que
se otorgaron los fondos europeos.
–Q
ue la declaración de estos gastos es exacta y se ha efectuado a partir de sistemas
de contabilidad basados en justificantes comprobables.
–Q
ue la documentación original acreditativa del gasto realizado y efectivamente pagado se encuentra en las dependencias de dicha entidad, a disposición de las comprobaciones que procedan e identificando al responsable de su custodia.
Martes 22 de octubre de 2024
53161
Para la justificación de la actuación, el Ayuntamiento de Alange, semestralmente, dará cuenta
a la Dirección General de Turismo de, las actuaciones realizadas, el cumplimiento de los objetivos alcanzados y una memoria económica, especificándose el porcentaje realizado, con una
relación clasificada de los gastos efectuados. La presentación de dicha documentación deberá
realizarse antes del 20 de enero y 20 de julio de cada anualidad.
La justificación documental de la actuación deberá presentarse en castellano y dicha justificación requerirá la forma de cuenta justificativa (Anexo IX), en la que se deberá incluir, bajo la
responsabilidad del declarante, los justificantes de gastos y pagos o cualquier otro documento
con validez jurídica que permita acreditar el cumplimiento de la actuación.
La cuenta deberá incluir una declaración de las actividades realizadas que han sido financiadas con dicho fondo y su coste, con el desglose de cada uno de los gastos y pagos realizados.
Deberá acreditarse la aplicación final, de los fondos y sus importes en la justificación final, que
se presentará inexcusablemente, por la entidad local ante la Dirección General de Turismo,
antes del final del segundo trimestre de 2026.
En el caso de que la ejecución no alcance el 100% de las aportaciones realizadas se estará a
lo dispuesto en la cláusula décima cuarta, sobre incumplimiento y reintegro.
Con la justificación final deberá acompañarse la siguiente documentación:
• Certificación de la Secretaría/Intervención de la entidad, donde se certifiquen los gastos
y pagos totales realizados, con especificación y desglose del número de la actuación
realizada y los resultados obtenidos. Esta certificación deberá contener los siguientes
extremos:
–Q
ue los gastos realizados y pagados imputables corresponden a gastos exclusivos de
la actuación.
–Q
ue los gastos y pagos efectuados responden a la naturaleza y finalidad para la que
se otorgaron los fondos europeos.
–Q
ue la declaración de estos gastos es exacta y se ha efectuado a partir de sistemas
de contabilidad basados en justificantes comprobables.
–Q
ue la documentación original acreditativa del gasto realizado y efectivamente pagado se encuentra en las dependencias de dicha entidad, a disposición de las comprobaciones que procedan e identificando al responsable de su custodia.