Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063404)
Resolución de 11 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda de modificación del Convenio entre la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital y la Universidad de Extremadura para regular la concesión directa de una subvención a la Universidad de Extremadura (UEX) para la realización de las líneas de actuación LA4, LA5, LA8, LA9 y LA11 del Programa de I+D+I en el área Energía e Hidrógeno Verde financiadas con los Fondos Next Generation EU, programa incluido en la medida de inversión C17.I1 "Planes Complementarios con las Comunidades Autónomas", que forman parte del componente 17 "Reforma Institucional y Fortalecimiento de las Capacidades del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación" del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 206

53128

Martes 22 de octubre de 2024

Personal
Equipamiento Otros gastos
contratado

CONCEPTOS
Sistema de compresión y
almacenamiento de H2

SUMA

50.000,00 €

Carga electrónica AC / DC
Pila de combustible PEM +
Convertidor
Sistema de Supervisión y
Control

40.000,00 €
37.000,00 €
9.500,00 €

Estaciones de trabajo

8.500,00 €

OTROS GASTOS
Material fungible

18.802,39 €

Servicio profesionales externos

28.203,58 €

Adaptación de espacios y
obras

103.403,14 €

Viajes y dietas
TOTAL

Costes
indirectos
(7%)

37.604,78 €
637.181,00 € 1.418.273,00 € 188.024,00 € 336.522,00 € 2.580.000,00 €

En aplicación de lo establecido en el Tercer Acuerdo de Política, Científica y Tecnológica de
fecha 22 de junio de 2022, y teniendo en cuenta la unificación de criterios y el marco temporal
que dispone el Real Decreto 633/2022, de 26 de julio, se establece el 30 de septiembre de
2025, como el plazo máximo para la finalización de todas las actuaciones.
La imputación de gastos relacionados con la ejecución de la actuación estará limitada al periodo comprendido entre el 1 de enero de 2021 y la finalización del Programa, el 30 de septiembre de 2025, incluido.
Se considera gasto realizado el que haya sido efectivamente pagado con anterioridad a la
finalización del plazo de justificación.
Para la elegibilidad y adjudicación del gasto, la UEX, tendrá en cuenta siempre los principios
de adicionalidad y financiación establecidos en el artículo 9 del Reglamento (UE) 2021/241,
evitando la doble financiación y la confusión de costes. Para ello será necesario llevar una
contabilidad separada.
Se permitirá la redistribución del gasto entre las diferentes partidas siempre que se dirijan
a alcanzar el fin de la ayuda. En este sentido, para llevar a cabo las compensaciones entre
los distintos conceptos presupuestarios de cuantía inferior al 20% del importe total que no
afecten a los objetivos del Programa se requerirá autorización al Comité de Coordinación del
Programa, contemplado en el apartado octavo del Acuerdo del Consejo de Política Científica,