Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063404)
Resolución de 11 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda de modificación del Convenio entre la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital y la Universidad de Extremadura para regular la concesión directa de una subvención a la Universidad de Extremadura (UEX) para la realización de las líneas de actuación LA4, LA5, LA8, LA9 y LA11 del Programa de I+D+I en el área Energía e Hidrógeno Verde financiadas con los Fondos Next Generation EU, programa incluido en la medida de inversión C17.I1 "Planes Complementarios con las Comunidades Autónomas", que forman parte del componente 17 "Reforma Institucional y Fortalecimiento de las Capacidades del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación" del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 206
Martes 22 de octubre de 2024

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que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, recoge que “los perceptores de
fondos de la Unión harán mención del origen de esta financiación y velarán por darle visibilidad”, incluido mediante el uso del emblema de la Unión y de una declaración de financiación
que indique “financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU”.
En esta línea, el Artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se
configura el sistema de gestión del PRTR, señala la obligatoriedad de incorporar el logo oficial
del propio Plan a las iniciativas de comunicación y divulgación de las actuaciones financiadas
con cargo al MRR.
Cuarto. El Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 2 establece que: “La Consejería de Educación,
Ciencia y Formación Profesional ejercerá las competencias en materia de política educativa y
formación profesional, las de políticas universitaria y las de ciencia, tecnología e innovación”.
Asimismo, el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica
básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 26.6,
atribuye el ejercicio de las competencias en materia investigación, desarrollo e innovación a
la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación.
Por tanto, las referencias contenidas en el convenio original a la Consejería de Economía,
Ciencia y Agenda Digital, se entenderán realizadas a la Consejería de Educación, Ciencia
y Formación Profesional en cumplimiento de lo establecido en el Decreto de la Presidenta
16/2023, de 20 de julio.
Quinto. De acuerdo con el artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, así como el artículo 46 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y
de la Administración de la Comunidad de Extremadura, como principios rectores de la actuación entre las Administraciones Públicas y, de conformidad con lo establecido en los artículos
47 a 53 de la Ley 40/2015 citada y 49, 50 y 53 de la Ley 1/2002, también citada, las partes
intervinientes muestran su conformidad e interés en suscribir la presente adenda, que se
regirá por las siguientes:
CLÁUSULAS:
Primera. Objeto.
La presente adenda tiene por objeto modificar el convenio entre la Consejería de Economía,
Ciencia y Agenda Digital y la Universidad de Extremadura con el objeto de formalizar una