Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063374)
Resolución de 10 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda y la empresa "Autocares los Ibores, SA", para la gestión de las subvenciones destinadas al fomento de la movilidad previstas en el Decreto 83/2017, de 13 de junio, y otras prestaciones propias de la explotación de los servicios de transporte público regular y de uso general de viajeros por carretera JEV-020, durante los años 2023 a 2025.
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NÚMERO 206
Martes 22 de octubre de 2024

52930

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS,
TRANSPORTE Y VIVIENDA Y LA EMPRESA “AUTOCARES LOS IBORES, SA”, PARA LA
GESTIÓN DE LAS SUBVENCIONES DESTINADAS AL FOMENTO DE LA MOVILIDAD
PREVISTAS EN EL DECRETO 83/2017, DE 13 DE JUNIO, Y OTRAS PRESTACIONES
PROPIAS DE LA EXPLOTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE PÚBLICO
REGULAR Y DE USO GENERAL DE VIAJEROS POR CARRETERA JEV-020, DURANTE LOS
AÑOS 2023 A 2025
Mérida, 18 de diciembre de 2023.
REUNIDOS
De una parte, D. Manuel Martín Castizo, en su condición de Consejero de Infraestructuras,
Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura, en virtud de nombramiento efectuado por
Decreto de la Presidenta 24/2023, de 20 de julio, (DOE n.º 140, de 21 de julio de 2023); de
conformidad con lo instituido en el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la
estructura orgánica básica de la Comunidad Autónoma de Extremadura, Capítulo X, de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, (DOE n.º 155, de 11 de agosto de 2023);
y de acuerdo con el artículo 36.a) y 53.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y
de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el que se establece la
competencia para la firma de convenios y acuerdos.
Y de otra, D. Lázaro Alonso Obregón, con DNI: ***0959**, actuando en nombre y representación de la empresa “Autocares los Ibores, SA”, con NIF: B10049351, prestadora del servicio
de transporte público regular de uso general de viajeros por carretera JEV-020, (Mesas de
Ibor y Navalmoral de la Mata con hijuela a Navalvillar de Ibor).
Actuando ambas partes de acuerdo con los principios de colaboración y servicio efectivo a los
ciudadanos, se reconocen capacidad jurídica suficiente para otorgar y suscribir el presente
convenio, a cuyo efecto
EXPONEN
Primero. La Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, a través de la Dirección
General de Movilidad y Transportes, gestiona los servicios de transporte público regular de
viajeros de uso general que se prestan en la Comunidad Autónoma, en virtud de la competencia exclusiva que atribuye a aquélla el artículo 9.1.39 del Estatuto de Autonomía de Extremadura, cuando discurra el itinerario íntegramente por el territorio de la Región, o al amparo
de la Ley Orgánica 5/1987, de 30 de julio, de Delegación de Facultades del Estado en las
Comunidades Autónomas en relación con los transportes por carretera y por cable, cuando se
trate de servicios parciales interiores.