Universidad De Extremadura. Procesos Selectivos. (2024063426)
Resolución de 9 de octubre de 2024, de la Gerencia, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Gestión Universitaria (Acreditación Científico-Técnica), mediante el sistema de acceso libre.
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NÚMERO 205
52438
Lunes 21 de octubre de 2024
10.2. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaran la
documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los
requisitos señalados en la base segunda no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran
incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
10.3. El Rectorado de la Universidad de Extremadura procederá al nombramiento de funcionario
de carrera mediante resolución, que se publicará en el Diario Oficial de Extremadura.
10.4. La toma de posesión de los aspirantes aprobados será efectuada en el plazo de un mes,
contado desde la fecha de publicación de su nombramiento en el Diario Oficial de Extremadura.
11. Normas finales.
11.1. Los aspirantes, por el hecho de participar en las pruebas selectivas, se someten a las
bases de esta convocatoria y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de
las reclamaciones o recursos pertinentes. El Tribunal se halla facultado para resolver las
dudas que se presenten en todo lo no previsto en las bases, así como para la adopción
de los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas.
11.2. Las presentes bases vinculan a la Universidad de Extremadura y al Tribunal de Selección
que han de calificar las pruebas selectivas y a quienes participen en las mismas.
11.3. La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida por
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Contra esta resolución, podrá interponerse por los interesados
recurso contencioso- administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día
siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de que, alternativamente, se pueda presentar recurso de reposición contra esta resolución, en el
plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dicta, en cuyo caso no cabrá interponer el
recurso contencioso-administrativo, anteriormente citado, en tanto recaiga resolución
expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo
123 y siguiente de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Badajoz, 9 de octubre de 2024.
El Gerente,
JUAN FRANCISCO PANDURO LÓPEZ
52438
Lunes 21 de octubre de 2024
10.2. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaran la
documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los
requisitos señalados en la base segunda no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran
incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
10.3. El Rectorado de la Universidad de Extremadura procederá al nombramiento de funcionario
de carrera mediante resolución, que se publicará en el Diario Oficial de Extremadura.
10.4. La toma de posesión de los aspirantes aprobados será efectuada en el plazo de un mes,
contado desde la fecha de publicación de su nombramiento en el Diario Oficial de Extremadura.
11. Normas finales.
11.1. Los aspirantes, por el hecho de participar en las pruebas selectivas, se someten a las
bases de esta convocatoria y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de
las reclamaciones o recursos pertinentes. El Tribunal se halla facultado para resolver las
dudas que se presenten en todo lo no previsto en las bases, así como para la adopción
de los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas.
11.2. Las presentes bases vinculan a la Universidad de Extremadura y al Tribunal de Selección
que han de calificar las pruebas selectivas y a quienes participen en las mismas.
11.3. La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida por
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Contra esta resolución, podrá interponerse por los interesados
recurso contencioso- administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día
siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de que, alternativamente, se pueda presentar recurso de reposición contra esta resolución, en el
plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dicta, en cuyo caso no cabrá interponer el
recurso contencioso-administrativo, anteriormente citado, en tanto recaiga resolución
expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo
123 y siguiente de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Badajoz, 9 de octubre de 2024.
El Gerente,
JUAN FRANCISCO PANDURO LÓPEZ