Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Bienes De Interés Cultural. (2024063437)
Resolución de 11 de octubre de 2024, de la Consejera, por la que se incoa expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, a favor de la "Gasolinera del Tiro de Pichón o de CEPANSA" de la localidad de Mérida (Badajoz), con categoría de Monumento.
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NÚMERO 205
Lunes 21 de octubre de 2024

52701

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO, JÓVENES Y DEPORTES
RESOLUCIÓN de 11 de octubre de 2024, de la Consejera, por la que se
incoa expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, a favor de la
"Gasolinera del Tiro de Pichón o de CEPANSA" de la localidad de Mérida
(Badajoz), con categoría de Monumento. (2024063437)
El Estatuto de Autonomía de Extremadura, recoge como competencia exclusiva en su artículo
9.1.47 “la Cultura en cualquiera de sus manifestaciones”, así como el “Patrimonio Histórico y
Cultural de interés para la Comunidad Autónoma”.
En desarrollo de esta competencia se dictó la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio
Histórico y Cultural de Extremadura, que recoge la competencia y el procedimiento para llevar
a cabo la declaración de Bien de Interés Cultural de un bien que se entienda entre los más
relevantes del patrimonio histórico y cultural de Extremadura.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5.1 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, los bienes
más relevantes del patrimonio histórico y cultural extremeño deberán ser declarados de interés cultural en la forma que el propio artículo detalla.
El artículo 6.1 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, al establecer la clasificación de los bienes
que puedan ser declarados de interés cultural, incluye, con la categoría de monumento, en
el apartado a) los edificios y estructuras “de relevante interés histórico, artístico, etnológico,
científico, social o técnico, con inclusión de los muebles, instalaciones y accesorios que expresamente se señalen”.
Ha de significarse, a tales efectos, que la gasolinera del Tiro Pichón o de CEPANSA es un
destacado ejemplo de arquitectura industrial de gran valor, cuya historia se remonta a los
años 50. Fue la primera gasolinera de la ciudad de Mérida y se construyó en respuesta a las
necesidades del “Plan Badajoz” debido a su ubicación estratégica en un cruce de carreteras.
Este edificio es el único patrimonio de este tipo que se conserva en nuestra Comunidad Autónoma y representa un testimonio de una época en la que estas construcciones, dada su importancia y rareza, podían alcanzar un aspecto monumental. En este caso, su excepcionalidad
es notable incluso a nivel estatal por su escasez. Por estas razones, resulta fundamental su
protección como patrimonio. Además de su relevancia como ejemplo de una tipología arquitectónica específica, el edificio destaca por su monumentalidad y su belleza formal.
La estructura está compuesta por elementos de estilos diversos, combinando características
neohistoricistas y regionalistas. El edificio se organizaba en tres espacios: uno funcionaba