Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063368)
Resolución de 10 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda y la empresa "Autocares Morcillo, SL", para la gestión de las subvenciones destinadas al fomento de la movilidad previstas en el Decreto 83/2017, de 13 de junio, y otras prestaciones propias de la explotación de los servicios de transporte público regular y de uso general de viajeros por carretera JEV-004, durante los años 2023 a 2025.
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NÚMERO 205

52674

Lunes 21 de octubre de 2024



A.1. Máquina expendedora: 2 uds Máquinas y 2 uds Bases.
MÁQUINAS EXPENDEDORAS



MÁQUINA ( XP5+)

BASE

1

0387

NO TIENE N.º

2

0617

NO TIENE N.º

A.2. Equipo de taquilla: NO uds. 

B. Equipo del Subsistema de Ayuda a la Explotación (SAE):


B.1. Equipo móvil: NO uds Apolos y NO uds Módems.



B.2. Letrero interior: NO uds.



B.3. Letrero exterior: NO uds.



B.4. Antena: 2 uds.

Sexta. Destino de los bienes suministrados.
La empresa colaboradora se compromete a destinar los bienes de equipo necesarios descritos
en la cláusula anterior, durante el período de vigencia del convenio, a la actividad de gestión
de las subvenciones destinadas al fomento de la movilidad mediante el suministro, tratamiento y transmisión a la Consejería de los datos obtenidos en el proceso de aplicación de las
referidas subvenciones.
Séptima. Reembolso de las cantidades descontadas del precio del título de transporte.
La Consejería firmante, con el fin de garantizar la aplicación de los fondos al cumplimiento
adecuado de la actividad subvencionable, se compromete a rembolsar a la empresa colaboradora las cantidades dejadas de percibir por ésta como consecuencia de la aplicación de las
bonificaciones practicadas en el precio del título del transporte.
A estos efectos, la Consejería competente en materia de transporte obtendrá del Sistema
SIGETEX la información necesaria y válida, dentro de la remitida por la entidad colaboradora
en relación con los datos de explotación de los servicios que gestione, con el fin de proceder
a liquidar los billetes que han sido objeto de descuento, determinar el importe total de las
bonificaciones practicadas y evacuar los trámites precisos para su reembolso.