Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Investigación. Ayudas. (2024081684)
Anuncio de 11 de octubre de 2024 por el que se da publicidad a las ayudas concedidas al amparo del Decreto 57/2023, de 24 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la financiación de proyectos de investigación industrial o desarrollo experimental realizados por pequeñas y medianas empresas en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se aprueba la primera convocatoria relativa a proyectos realizados por empresas de base tecnológica y startups.
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NÚMERO 205
Lunes 21 de octubre de 2024

52784

“Proyectos de I+D+I realizado por empresas de base tecnológica EBT y STARUP”; se realiza
cargo al Programa Operativo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de Extremadura correspondiente al periodo de programación (2021-2027), dentro del Objetivo Político
1 “Una Europa más competitiva e inteligente, promoviendo una transformación económica
innovadora inteligente y una competitividad TIC regional”, Prioridad 1.A: Transición digital e
inteligente y el Objetivo Específico 1.1 “El desarrollo y la mejora de las capacidades de investigación e innovación y la asimilación de tecnologías avanzadas”. El porcentaje de cofinanciación de los fondos FEDER es de un 85 %.
Las empresas beneficiarias de estas ayudas están obligadas a difundir el papel financiador de
FEDER y a cumplir las medidas de identificación y publicidad de conformidad con lo establecido en el Reglamento en Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo
Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las
normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el
Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras
y la Política de Visados.
Los efectos de la resolución por la que se ha concedido la ayuda quedarán demorados hasta
el momento en que las empresas beneficiarias presenten la documentación a la que se refiere
el artículo 9.5.a) del Decreto 57/2023, de 24 de mayo, que establece las bases reguladoras
de estas ayudas.
Mérida, 11 de octubre de 2024. El Secretario General (PD, Resolución de 10 de enero de 2024,
DOE núm. 9, de 12 de enero), El Secretario General de Ciencia, Tecnología e Innovación),
JAVIER DE FRANCISCO MORCILLO.